(DIARIOC, 12/01/2010) El Ministerio de Justicia informó que la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de San Martín anuló el fallo dictado por el Tribunal de Trabajo N° 2 de San Martín, en la causa "Pueblo SRL y otros contra la Provincia de Buenos Aires sobre Amparo".
De esta manera, "se restablece plenamente la vigencia de la Ley de Nocturnidad N° 14050 que fija topes horarios y limita la venta de alcohol en los locales bailables", informó la cartera de Justicia de la Provincia.
Por lo tanto, las discotecas de Villa Gesell, Pinamar y el Partido de la Costa no podrán admitir el ingreso de personas después de las 14:00, ni vender bebidas alcohólicas después de las 4. El cierre debe realizarse a las seis de acuerdo a la normativa.