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Jueves 18 de Abril de 2024
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Los deudores alimentarios no podrán acceder a cargos públicos ni electivos

Así lo dispone la iniciativa iniciada por el diputado provincial Juan Pablo Millán, de modificar, La Ley Nº 5.062 - REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS, su modificatoria por Ley 5.134 y reglamentación. Considera el legislador que el cumplimiento con los deberes de padres es una cuestion etica por quienes tienen esta responsabilidad.
(DIARIOC, 02/11/2011) Millán en el proyecto presentado pretende que el REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS, sea puesto en internet por el Poder Judicial para que toda persona física o jurídica que lo requiera tenga acceso; y que el mismo pueda ser publicado una  vez al mes en los medios grafico.  

Argumentado que la sanción pública de los progenitores que se niegan a cumplir con la responsabilidad de atender a las necesidades del niño que trajeron al mundo sea una forma de concientizar a estos sobre su error,  pretendiendo lograr  su recapacitación  y su compromiso de ser padre.  

Continúa expresado, “la identidad  de los infractores sea dada a conocer en los medios de comunicación no pretende que invadir la vida priva de los mismo, solo tiene el fin de garantizar el bienestar de los niños, protegiendo sus derechos y que la sociedad comprenda la importancia del compromiso de los progenitores y los que decidan serlo en un futuro”.

El Diputado asegura que, la modificacion busca garantizar el bienestar de los niños, ya que considera que hasta el momento el registro de Registro Provincial de Deudores Alimentarios no ha sido suficiente para que padres cumplan con su responsabilidad.

En este sentido el legislador del Frente Civico y Social afirmá que “utilizar mecanismos coercitivos para el cumplimiento de la responsabilidad otorgada por su obligación como padres tiene la esencia misma de que los niños sean resguardados en su derecho de percibir una cuota alimentaria, garantizando el cumplimiento de sentencias judiciales”.

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