Catamarca
Miercoles 24 de Abril de 2024
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Modificaciones en el Consejo de Seguridad Vial

A través del decreto Nº 916, el vicegobernador de la provincia, Hernán Colombo, a cargo del Poder Ejecutivo, modificó el artículo 3ro. Del decreto 1766/98, a través del cual se determinó la composición del Consejo Provincial de Seguridad Vial.
A través del decreto Nº 916, el vicegobernador de la provincia, Hernán Colombo, a cargo del Poder Ejecutivo, modificó el artículo 3ro. Del decreto 1766/98, a través del cual se determinó la composición del Consejo Provincial de Seguridad Vial.
En tal sentido, la nueva estructura del Consejo será presidida por el secretario de Seguridad y la vicrepresidencia por el subsecretario de Infraestructura Pública, quienes serán los responsables de designar un funcionario con carácter de coordinador.
Asimismo, el Consejo estará integrado por los siguientes organismos oficiales: Policía de la Provincia, Subsecretaría de Infraestructura Pública, Subsecretaría de Planeamiento y Gestión Educativa, Administración General de Vialidad Provincial y Dirección Provincial de Transporte.
Y como órganos de asesoramiento estarán la Dirección Provincial de Asuntos Municipales, la Dirección Provincial de Prensa y Difusión, la Municipalidad de la ciudad Capital y otros organismos a designar.
Y por último, el decreto faculta, en su artículo 2do., a las autoridades del Consejo Provincial de Seguridad Vial a fijar la sede del organismo.
 

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