Catamarca
Martes 23 de Abril de 2024
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Modificaciones en la recepción de los Certificados de Embarazo

La Unidad de Gestión Provincial de Plan Nacer comunica a sus efectores que según lo informado por Supervisión y Auditoría Administrativa de la Unidad Ejecutora Central a partir del mes de abril, el certificado de embarazo debe quedar abrochado a la historia clínica de la beneficiaria inscripta y en poder del efector.
(DIARIOC, 03/04/2012) A su vez éste deberá cargar en la ficha electrónica la fecha probable de parto (si tiene conectividad on line u off line) o registrar la misma en la ficha papel para su envío a la UGSP, si esta última fuera la encargada de su carga al sistema.

El certificado de embarazo se convierte en un instrumento administrativo que valida y documenta la inscripción de una beneficiaria y, además, aporta una fecha estimada de parto para su carga al sistema. Además se audita su existencia física y las fechas informadas.

Es por ello que la fecha probable de parto podrá ser registrada directamente en la historia clínica de la beneficiaria, siempre y cuando se acompañe de la firma y aclaración del profesional médico interviniente. En este caso, no será necesario emitir el certificado de embarazo, salvo para satisfacer otros requerimientos.

Las auditorias para constatar la existencia física del certificado o el registro de la fecha serán efectuadas por las Auditorías Concurrentes Externas y la Supervisión Médica de la UEC, directamente en los efectores.

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