Catamarca
Jueves 18 de Abril de 2024
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Multa por derivar agua servida a la vía pública

El Juzgado de Faltas Municipal de Primera Nominación, de la Capital, a cargo de la Dra. Ruth Castro, resolvió declarar responsable al Sr. Ernesto Cirilo Chasampi, D.N.I. Nº 6.946.937 y/o Guillermo Chasampi, C.L. 18.559.628, en la omisión de la infracción de derivar agua servida a la vía pública por caño de desagüe, en el domicilio sito en calle Zurita Nº 187, de esta ciudad.
(DIARIOC, 17/12/2009) Atenta a lo denunciado por Acta de Comprobación Nº 17578, de fecha 14 de Noviembre de 2009 e imponer sanción de multa de $200, obligación que se debe abonar en el término de diez días de recibida la notificación, bajo apercibimiento de Ley.

De igual manera, se resolvió, advertir a los Sres. Ernesto Cirilo Chasampi y/o Guillermo Chasampi, que deberá abstenerse de derramar agua servida a la vía pública por caño de desagüe, encartando para que se proceda a realizar las obras necesarias para que las aguas pluviales no desagiten a la vía pública, bajo apercibimiento de Ley.

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