De acuerdo con los hechos denunciados mediante Acta de Comprobación Nº 15.795, de fecha 22 de Febrero de 2010, le fue impuesta la multa de $ 1.200, más la sanción accesoria de publicidad. Dicha obligación, deberá cumplimentarse en el plazo de cinco días, a partir de la notificación de la correspondiente resolución, bajo apercibimiento de Ley (Art. 49º Ordenanza Nº 2798/94).
Cabe señalar que, oportunamente, técnicos de la Supervisión de Bromatología, se constituyeron en el local comercial y procedieron al secuestro preventivo de la mercadería.