Catamarca
Jueves 25 de Abril de 2024
Buscar:

METROLOGÍA LEGAL

Multas bajo control

Para que una multa por exceso de velocidad tenga validez, la infracción debe haber sido registrada con un cinemómetro verificado por el INTI, organismo que se ocupa de controlar todos los años casi la totalidad de estos equipos existentes en el país.
El INTI tiene a su cargo la realización de ensayos anuales para la homologación y verificación de todos los cinemómetros que funcionan en el país, tanto portátiles como fijos. El ensayo para garantizar el cumplimiento de la reglamentación vigente es un paso previo obligatorio para que la medición de velocidad tenga validez legal. Alrededor de un 5% de equipos son rechazados por no medir correctamente.

La verificación que realiza el INTI consiste en contrastar la indicación del cinemómetro a controlar con la indicación de un instrumento patrón. Esto se lleva adelante en un autódromo donde se hace circular un móvil de prueba a distintas velocidades, cubriendo el rango de 30 a 150 km/h. El error de medición del aparato debe ser menor que los límites impuestos por el reglamento (+/-3 km/h hasta 100 km/h y +/-3% de 100 km/h en adelante).

Los cinemómetros de instalación fija son verificados en su lugar de colocación. En todos los casos se verifica también el software instalado en cada equipo y sus componentes físicos, que deben ser coherentes con la aprobación del modelo. Si se determina que el aparato cumple la reglamentación vigente se aplican precintos para evitar maniobras fraudulentas y se habilita el aparato para operar por un nuevo período de un año.

Para que una multa por exceso de velocidad realizada con cinemómetros o foto-radar tenga validez, la infracción debe haber sido registrada con un equipo verificado por el INTI, según lo indica la Resolución 753/98 de la ex Secretaría de Industria y Comercio. En la multa debe constar fecha, hora y minuto de la medición; velocidad del vehículo afectado en km/h; ubicación geográfica del cinemómetro (calle y número o intersección o bien ruta, kilómetro y localidad); velocidad máxima autorizada en el lugar; y datos del cinemómetro: marca, modelo y número de serie, como así también el código de aprobación de modelo.

Si en la multa no aparecen estos datos del equipo, el ciudadano tiene la posibilidad de exigirlo a la autoridad que confeccionó la multa o bien averiguarlo a través del INTI, en cuya página web está disponible un listado de cinemómetros con verificación vigente. Esta es la garantía jurídica para el ejercicio del legítimo derecho de defensa del presunto infractor y es análogo a la identificación y firma de la autoridad de control.

Las exigencias para el funcionamiento de los cinemómetros están pautadas en la Ley 19.511 de Metrología. Se trata de una normativa nacional y obligatoria en todas las jurisdicciones provinciales y municipales del país, independientemente de que una provincia haya adherido o no a la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449. El incumplimiento puede ser denunciado en el Programa de Metrología Legal del INTI o al área de Metrología Legal de la Dirección Nacional de Comercio Interior.

Cómo funciona un cinemómetro
Un cinemómetro es un dispositivo diseñado para medir en tiempo real, la velocidad de un móvil. Los cinemómetros fijos usualmente miden la velocidad mediante sensores embebidos en la calzada. Los cinemómetros portátiles más comunes utilizan el efecto doppler, determinando la velocidad en función de la diferencia de frecuencia entre la onda emitida y la reflejada por el móvil o una emisión láser. También hay cinemómetros portátiles láser, que emiten un haz láser y miden el tiempo que demora en retornar su reflejo desde el móvil, calculan la distancia a la que se encuentra el móvil y en base a la medición de varias distancias sucesivas calculan la velocidad.
El 5% de los cinemómetros son rechazados por medición fuera de tolerancia.

(Se ha leido 367 veces.)

Se permite la reproducción de esta noticia, citando la fuente http://www.diarioc.com.ar

Compartir en Facebook

Sitemap | Cartas al Director | Turismo Catamarca | Contacto | Tel. (03833) 15 697034 | www.diarioc.com.ar 2002-2024