En el despacho emitido por la Comisión de Legislación General, en la cual se analizó el proyecto, se reseña que “con fecha 20 de julio de 2006, el Cuerpo aprobó la Comunicación Nº 028/06, por la que se facultó al Ejecutivo Municipal a que determine la viabilidad de suscribir convenio con la Cámara de Comercio provincial, empresas o comercios, dedicados a la venta del rubro motocicletas, sin excepción de tipos y cilindradas, a fin de que las casas comerciales del ramo, al vender motocicletas al público, sean provistas con el correspondiente casco normalizado para su o sus ocupantes”.
Se señala también, que la referida Comunicación, surge en razón del dictado de la Resolución Nº 6 del Consejo Federal de Seguridad Vial quien solicitó a la Secretaría de Transporte Automotor, Inversión Pública y Servicios de la Nación, a la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación y a todos los órganos con competencia equivalente en las provincias, al cumplimiento del artículo 29, inc I) y artículo 40 inc. J) de la Ley Nacional de Tránsito, a través de las acciones que a tal efecto se dispongan, a fin de que las casas comerciales del ramo, al vender motocicletas al público con destino a ser libradas a la circulación pública, sean dotadas del elemento de protección enunciado para sus adquirentes.
Conforme expresó Argerich al respecto, “al día de la fecha mantienen plena vigencia las razones vertidas al momento de la sanción del instrumento citado, ya que diariamente podemos apreciar la alarmante cantidad de accidentes de tránsito especialmente de motos y/o ciclomotores y cuyas consecuencias podrían ser más atenuantes si tan sólo los conductores contaran con la protección de un casco”.