Así, el proyecto marca diferencia entre la desaparición forzada de personas respecto de la privación ilegítima de la libertad y el secuestro extorsivo, ya penados por el Código Penal.
La iniciativa, acordada entre el Frente para la Victoria, el radicalismo y el bloque ARI, establece, además, penas de 8 a 20 años de prisión o reclusión cuando los autores o partícipes del delito liberen con vida a la víctima o proporcionen información que permita su efectiva aparición con vida. La iniciativa dispone, además, que el juez no podrá disponer el archivo de las causas hasta que la persona no sea hallada o restituida su identidad.
"Sancionando este proyecto estaremos saldando una deuda que la legislatura argentina tiene que prever dentro del seno de su Código Penal", enfatizó Rosario Romero (FPV-Entre Ríos), presidente de la Comisión de Legislación Penal.
Desde la oposición, la radical Alicia Tate (Santa Fe) -autora de una de las iniciativas incluidas en el texto- destacó el nivel de consenso al que llegaron los legisladores en la comisión, aunque manifestó la necesidad de seguir avanzando "en una ley integral que tienda no sólo a la reparación sino a la prevención" de este delito.
La diputada de Recrear Nora Ginzburg (Capital) rechazó la iniciativa porque sólo contempla al Estado y "no incluye a otros organismos" que sean también promotores de desaparición forzada de personas.