El instrumento también exige que las obras sociales y entidades de medicina prepaga brinden cobertura médica correspondiente, incluyendo estudios, diagnóstico, seguimiento y tratamiento de la enfermedad, como así también la provisión de productos alimenticios básicos, tales como harinas libres de gluten. En el caso de celíacos que no cuenten con obra social, la autoridad sanitaria nacional deberá garantizar la provisión de alimentos, a través de los organismos competentes en cada provincia.
La enfermedad celíaca consiste en una intolerancia permanente a la ´gliadina´ y proteínas afines, lo que produce una atrofia intestinal en individuos con propensión genética a padecerla. Si no se detecta en los primeros años de vida, el desarrollo de la enfermedad se ve marcado por síntomas extraintestinales, como la talla baja, retrasos en el desarrollo y la pubertad, anemia, descalcificaciones, artritis, etc., todos ellos relacionados a la presencia de gluten en la dieta.