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Viernes 19 de Abril de 2024
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Proponen la creación de una “Banca del Vecino”

Tomó estado parlamentario en la 2da. sesión ordinaria del Concejo Deliberante de la Capital, un proyecto de Ordenanza que propone la creación, en el ámbito del CD, de la “Banca del Vecino”.
(DIARIOC, 06/04/2010) La presentación pertenece al presidente del Cuerpo, Simón Arturo Hernández y busca “fortalecer la interacción con todos aquellos vecinos que propongan alternativas de gestión; y que con cuya participación se logre mejorar la capacidad de decisión de los concejales”.  

“Es indudable que la participación de los vecinos, proporcionando información recurrente sobre problemáticas de su comunidad, puede incrementar los niveles de transparencia y legitimidad en los procesos decisorios de gobierno”, se indica en los fundamentos del proyecto.

Asimismo, se refuerza la idea de que la creación de la “Banca del Vecino” apunta a “generar un medio ágil y permanente para la recepción de propuestas, denuncias u opiniones que surjan de ciudadanos. Ello promoverá una mejor comunicación entre la sociedad y el Concejo Deliberante, en forma orgánica y pública, tomando conocimiento de temas puntuales y específicos, que sin duda, constituirán una ineludible manifestación de madurez cívica”.

En cuanto a los antecedentes de esta experiencia, los Concejos Deliberantes de distintos puntos del País han instituido este programa mediante Ordenanza. Así podemos mencionar propuestas en la provincia de Buenos Aires (Gral. Dorrego, Ituzaingó, Zárate, entre otras localidades), La Pampa, Córdoba, Neuquén, Chubut y Tierra del Fuego, entre otras.

Cabe mencionar que en el departamento de Fray Mamerto Esquiú, ya cuentan con este mecanismo de participación ciudadana, mediante la cual se ha llegado a  instituir el “Himno a Fray Mamerto Esquiú”, por iniciativa de la Escuela N° 265.

Detalles

* Accederán a la “Banca del Vecino” todas las personas que lo soliciten, siendo mayores de dieciocho (18) años, para expresar una opinión, realizar un reclamo o fundamentar una propuesta, en tanto el tema a exponer se encuentre en consonancia con lo atendible por el Concejo Deliberante, según lo prescribe la Carta Orgánica Municipal y el Reglamento Interno.

* El CD pondrá a disposición del vecino expositor, el asesoramiento de la dirección de Técnica Legislativa y Digesto Jurídico, y el departamento Archivo, a fines de proporcionar cualquier referencia normativa municipal; y de la dirección de Comunicación y Capacitación para la redacción del escrito del tema de exposición.

* El expositor, hará uso de la palabra refiriéndose específicamente al tema consignado en la solicitud, por el tiempo asignado y sin interrupciones, no pudiendo entrar en debate con miembro alguno del cuerpo de concejales. Solo para aclaración, se podrán solicitar mayores precisiones, previo pedido al Presidente del Concejo Deliberante en tal sentido.

* El expositor, hará uso de la “Banca del Vecino” al inicio de cada sesión ordinaria, sin participar de ella, hará uso de la palabra durante un máximo de diez (10) minutos. Luego de la exposición deberá dejar la banca y continuará la sesión ordinaria con su procedimiento habitual.

* Quienes hayan accedido a la Banca no podrán hacer nuevamente uso del derecho, hasta dentro de ciento ochenta (180) días, salvo por razones excepcionales y previo dictamen del cuerpo.

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