La magistrada consideró que esa figura penal debía verse agravada "por la conducción imprudente de un vehículo automotor", según señala un informe de la Dirección de Prensa y Comunicaciones de esa provincia.
Faber determinó que Méndez, para no ir a prisión, deberá someterse a "las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: fijar residencia, someterse al cuidado de un Patronato y realizar un curso de Educación Vial en el organismo oficial pertinente".
Los hechos juzgados ocurrieron el 10 de agosto de 2008, cuando Méndez "conducía una camioneta por la Ruta Nacional 34, en General Güemes, y transportaba a tres menores en la caja del vehículo".
"Cuando bajó a la banquina para ingresar a la avenida Teniente Ibáñez realizó una maniobra brusca que ocasionó que uno de los menores perdiera el equilibrio y cayera al pavimento, sufriendo serias lesiones que motivaron su deceso, el 18 de agosto de ese mismo año", detalla el informe.
Fuente: Télam