Precisan que la normativa vigente que regula la fertilización asistida en la provincia es "mucho más restringida y sólo contempla a los usuarios y usuarias de la obra social estatal provincial (Apross)".
Precisan que en este caso la cobertura alcanza "únicamente a las mujeres hasta los 41 años que no hayan tenido hijos o hijas con su pareja actual y/o sus parejas anteriores, lo cual reduce el universo de beneficiarios y beneficiarias que pueden acceder a este derecho".
La ley nacional estipula que "procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida" deben ser incluidos en el Plan Médico Obligatorio (PMO), al igual que "los de diagnóstico" y "terapias de apoyo", en todos los casos sin limitación por orientación sexual o estado civil.
Además, la cobertura prevé "la guarda de gametos o tejidos reproductivos", lo que permitirá planificar un embarazo a futuro a quienes "por problemas de salud o por tratamientos médicos o intervenciones quirúrgicas" puedan ver comprometida "su capacidad de procrear".
Además la ley nacional reconoce como beneficiaria a toda persona mayor de edad que dé su consentimiento informado. La cobertura debe ser brindada por "el sector público de salud" y las "entidades de medicina prepaga".
Fuente: Télam