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Resoluciones Cámara de Senadores de Catamarca

(DIARIOC, 30/10/2014) Cámara de Senadores: piden extender el periodo ordinario de sesiones


Así lo manifestaron a través de sendas notas enviadas al vicegobernador y presidente del Senado, Dalmacio Mera, senadores del FPV-PJ y el bloque de senadores del FCyS, que fueron leídas en el punto comunicaciones, de la sesión ordinaria 25, realizada en la fecha.

En una primera misiva se expresa la “intención de prorrogar las sesiones ordinarias de la legislatura provincial hasta el día 30 de diciembre del corriente año”. Para los senadores que firman la misma, Néstor Figueroa , Ángel Olivera, José Linquìn, Cesar Marcial, José Parea, Aldo Contreras, Marcelo Cordero, Augusto Ojeda, Hugo Corpacci , Ramón Figueroa Castellanos y Daniel Saadi, “amerita esta decisión la cantidad de proyectos de ley que se encuentran a consideración en este cuerpo , como así mismos el hecho de que el Poder Ejecutivo deberá remitir a la Legislatura para su tratamiento la ley de Presupuestos, Recursos y Gastos de la Provincia para el año 215”.
Recuerdan además que “la posibilidad de prorrogar las sesiones ordinarias que finalizan el 30 de noviembre, se encuentra contemplada en articulo 91 y 92 de la Constitución Provincial”.
La segunda nota, del bloque de senadores del FCyS, requiere también la ampliación, aunque señala que se debe consensuar los tiempos con la Cámara de Diputados.
Concretamente los senadores del FCyS señalan que solicitan “la continuidad de las sesiones ordinarias y en el convencimiento republicano de seguir con nuestro trabajo, atento a los numerosos trabajos y proyectos que deben ser tratados sin demora y, por supuesto, como una contribución directa a la tarea del Estado”.




El Senado dio media sanción a la ley de creación del
Colegio de Profesionales en Arqueología de Catamarca



La Cámara de Senadores aprobó en su sesión 24, presidida por el vicegobernador Dalmacio Mera y dio media sanción, al proyecto de ley a través del cual se establece la creación del Colegio de Profesionales en Arqueología de Catamarca. La ley dispone que en la jurisdicción de la provincia, la práctica profesional de la arqueología sólo puede ser ejercida por personas que posean título universitario registrado y legalizado y que se encuentren matriculados en dicho colegio.


A partir de la normativa el ejercicio profesional de la arqueología en todas sus ramas en la provincia de Catamarca queda sujeto a las disposiciones de la misma, su reglamentación, normas de ética profesional, reglamento interno y toda norma complementaria dictada por los órganos por ella creados. La iniciativa parlamentaria fue presentada por los senadores Ramón Figueroa Castellanos, Aldo Contreras, Alejandro Corpacci y Marcelo Cordero.
La ley considera ejercicio profesional de la arqueología la prestación exclusivamente efectuada por persona física, sin perjuicio de las incumbencias de los títulos universitarios que establezca la legislación competente, de las siguientes actividades: prestación de servicios y ejecución de trabajos relacionados a restos arqueológicos, el desempeño de cargos, funciones, comisiones y empleos dependientes de los poderes públicos o de carácter privado, incluso los nombramientos judiciales de oficio o a propuesta de partes. La realización de estudios, auditorias, monitoreos, proyectos, planos, análisis, confección de informes, dictámenes e inventarios técnicos que refieran a evaluación de relevancia arqueológica, estado de conservación y/o diagnóstico de riesgo de bienes arqueológicos. La determinación de líneas de base, estudios de impacto arqueológico en cualquiera de las etapas que lo involucren, aplicación de medidas correctivas y de remediación, tareas de seguimiento de obras, realización de rescate arqueológico, determinación de medidas de mitigación de impacto y la elaboración de los correspondientes informes. El asesoramiento, capacitaciones, consultoría y/o servicio técnico especializado a cualquier sector de la sociedad que así lo requiera; acciones de puesta de valor patrimonial de sitios o lugares de interés arqueológicos, tareas y procesos que impliquen remoción de suelo o actividades de excavación arqueológicos.

La normativa además dispone que la inscripción en la matrícula es requisito previo e indispensable para ejercer la profesión de arqueólogo en la jurisdicción y que matrícula profesional sólo puede ser otorgada por el Colegio.
Además que no podrán ejercer la profesión de arqueólogo: a) las personas que hayan sido inhabilitados judicialmente para ejercer la profesión y b) las personas que hayan sido excluidas de la matrícula del "Colegio de Profesionales en Arqueología de Catamarca”.

El senador Marcelo Cordero al fundamentar la normativa indico que “Catamarca alberga en su jurisdicción territorial un rico patrimonio, que mediante su estudio ha permitido comprender diferentes y trascendentales procesos sociales, históricos y culturales que acontecieron en esta porción austral del continente a lo largo de miles de años” y que “a diferencia de otras Provincias, Catamarca comprendió tempranamente el valor patrimonial de los restos pertenecientes a las sociedades que habitaron su suelo en tiempos pasados y que gravitan con diferentes intensidades en la identidad provincial. Sobre todo, entendió la importancia de acompañar las investigaciones en materia de arqueología con acciones que tendiesen a proteger y resguardar el rico patrimonio arqueológico presente en su territorio.”
Recordó además que “más de un siglo después de las primeras investigaciones, la comunidad catamarqueña impulsó la creación de un espacio para la formación de recursos humanos capacitados en el estudio de la problemática. Así, en el año 1986 la Universidad Nacional de Catamarca creó la Escuela de Arqueología, unidad académica donde comenzó y continúa dictándose la Licenciatura en Arqueología”.
Para el senador, el Colegio de Profesionales en Arqueología “se sumará a las iniciativas estatales de resguardo patrimonial y, además, brindará la oportunidad de jerarquizar la profesión, constituyéndose en una herramienta representativa de los intereses de los colegiados en pos de defender y promover su actividad en el seno de la sociedad catamarqueña. Además, permitirá aunar esfuerzos y voluntades para que, desde la propia comunidad arqueológica, se promuevan estándares de profesionalidad como parte de la protección de los bienes culturales”.

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