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Restricción del tránsito de camiones en Rutas Nacionales

La Agrupación VIII “Catamarca” de Gendarmería Nacional Argentina, informa a la comunidad que con la finalidad de prevenir la posibilidad de accidentes de tránsito durante los fines de semana largos o períodos vacacionales.
(DIARIOC, 05/12/2008) La Secretaría de Transporte Automotor de la Nación mediante disposición Nº 10 del 04 de diciembre de 2008, estableció medidas restrictivas de circulación para los vehículos de transporte automotor de cargas generales y de mercancías y residuos peligrosos, entre los días 5 y 9 de diciembre de 2008, 23 y 26 de diciembre de 2008 y 30 de diciembre de 2008 y 2 de enero de 2009.

La restricción operará desde las 20 horas del día 5 de diciembre de 2008 hasta las 5 horas del día 6 de diciembre de 2008, desde las 14 horas del día 8 de diciembre de 2008 hasta las cero horas del día 9 de diciembre de 2008, desde las 20 horas del día 23 de diciembre de 2008 hasta las 5 horas del día 24 de diciembre de 2008, desde las 14 horas del día 25 de diciembre de 2008 hasta las cero horas del día 26 de diciembre de 2008, desde las 20 horas del día 30 de diciembre de 2008 hasta las 5 horas del día 31 de diciembre de 2008 y desde las 14 horas del día 1º de enero de 2009 hasta las cero horas del día 2 de enero de 2009

En la provincia de Catamarca la medida restrictiva de circulación tiene alcance en las Rutas Nacionales 38 y 157 y Gendarmería Nacional Argentina llevará controles vehiculares coordinadamente con la Policía de la Provincia para hacer cumplir la normativa que restringe la circulación de los vehículos afectados.

Se encuentran exceptuados los vehículos que transportan: leche cruda de tambo; animales vivos; transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales; emergencias; asistencia de vehículos averiados o accidentados; combustibles y de Gas Natural Comprimido; gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios; medicinas y residuos sólidos urbanos.

Los conductores que circulen infringiendo esta normativa serán paralizados en su servicio y se les confeccionará un acta de infracción, pudiendo continuar una vez que finalice el horario que restringe su circulación.

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