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Jueves 25 de Abril de 2024
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Se analizan alternativas al fallo que favorece a Gonzalez

El presidente de la Cámara de Diputados, doctor Guillermo Herrera ratificó que la decisión adoptada por la Cámara de Apelaciones confirmando el fallo del juez José Antonio Carma, que favorece el pedido de reincorporación que está haciendo el ex diputado Roberto González, desestima la apelación planteada oportunamente por la Cámara de Diputados.

El presidente de la Cámara de Diputados, doctor Guillermo Herrera ratificó que la decisión adoptada por la Cámara de Apelaciones confirmando el fallo del juez José Antonio Carma, que favorece el pedido de reincorporación que está haciendo el ex diputado Roberto González, desestima la apelación planteada oportunamente por la Cámara de Diputados, empero sostuvo que el representante legal de la institución parlamentaria, Marcelo José Galindo "está analizando las alternativas procesales para la continuidad de este juicio".

Herrera, al comentar que lo que se discute en dicho proceso judicial "es un viejo derecho, una vieja conquista por la que vinieron luchando las mujeres, que es asegurar su participación en la vida política de la Argentina", trajo a colación la sesión preparatoria del 10 de diciembre del 2001, que se realizó para incorporar a los diputados electos en marzo del año pasado, y en la que "en un pronunciamiento totalmente mayoritario, la Cámara entendió que no se había respetado y observado fielmente las disposiciones contenidas en la ley de cupo femenino y su decreto reglamentario, y por ese motivo no aprobó el título del ciudadano Roberto González, que estaba ubicado en octavo lugar en la lista del partido Unidos por Catamarca y dispuso que se incorpore quien le seguía en el orden en la lista, que era la actual diputada Liliana Funes".

Recordó que tal situación dio lugar a que González "interpusiera una situación de conflictos de poder ante la Corte de Justicia, que a su vez fue desestimada por entender que no había tal conflicto de poderes, y casi simultáneamente pocos días después promovió una acción de amparo ante la justicia civil, que es lo que actualmente se debate en sede judicial".

Asimismo, especificó que quienes tienen la representación en juicio de la Cámara, se encuentran analizando la posibilidad de interponer un recurso de casación. "Se trata de un recurso extraordinario local que se interpone directamente ante el mismo tribunal que dictó esta sentencia en segunda instancia, se pronuncia sobre su admisibilidad formal y la envía a la Corte de Justicia para que entienda en cuanto al fondo de la cuestión", explicó.

Según informó, los asesores letrados deben realizar la correspondiente evaluación, el estudio del fallo y sus los fundamentos y ver si hay materia para plantear el recurso "para en función de ello deducirlo al mismo".

En el marco de la situación planteada, el diputado Guillermo Herrera centró el punto de debate en el cumplimiento de la ley de cupo femenino. "Acá lo que hay que tener en cuenta es si las mujeres, al momento de conformarse la lista de candidatos, tuvieron reservados lugares expectables en cuanto a la posibilidad de resultar electas en todos los partidos políticos, ese es el punto central pues se trata de una ley de orden público con vigencia nacional a la que Catamarca adhirió oportunamente", recalcó e insistió que por decisión mayoritaria la Cámara "entendió que no fue respetada esa ley, y por ende, que la candidatura del ciudadano Roberto González no se ajustó estrictamente a los cánones legales, razón por la que no aprobó sus títulos y dispuso que entrara en su reemplazo la diputada Liliana Funes, que seguía en el orden".

Herrera remarcó otro aspecto relacionado con los límites del ejercicio de facultades privativas de cada departamento en que se divide el gobierno, "es decir que hay un Poder Ejecutivo, un Poder Legislativo y un Poder Judicial con atribuciones exclusivas y excluyentes en cada uno de ellos", señalando que "cuando interviene la justicia, en principio considera que puede entender en esta cuestión, porque estaría afectado un derecho subjetivo de un ciudadano particular que viene abogando por su propio derecho, y por otra parte hay mucho debate todavía abierto en cuanto a si estas decisiones de naturaleza política son judiciables o no y cuál es el límite".

En tal sentido estableció que "uno de los presupuestos que siempre marcó la Corte Suprema, para el accionar de los jueces, es que deben buscar el equilibrio entre la misión que constitucionalmente le corresponde de entender en los casos judiciales y pronunciar su sentencia conforme a derecho y el límite que deben observar para no invadir esferas o potestades que corresponden a otros poderes del Estado, entonces es un tema complejo, de mucha materia constitucional y legal, además de las obvias implicancias políticas en un pronunciamiento de este tipo".

Respecto de los pasos seguidos en esta situación, el presidente de la Cámara de Diputados explicó que "cuando se dictó el fallo en primera instancia, el doctor Carma dispuso que debía cumplirse la orden dentro de las 24 de notificada la sentencia, lo cual fue motivo de un recurso de aclaratoria y el propio juez Carma corrigió el error cometido, ya que aclaró la sentencia en el sentido de que ese plazo se computa a partir del momento en que el fallo quede firme, esto es que mientras exista la posibilidad de interponer un recurso, mientras exista la posibilidad de una instancia superior dentro de la organización judicial que se pueda pronunciar sobre este tema obviamente el fallo no está firme y no debe ser cumplido". (Prensa Diputados)


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