Catamarca
Jueves 28 de Marzo de 2024
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FINALIZA EL 26 DE JULIO

Se lanzó la temporada de Caza Deportiva

El sábado 16 de mayo inició la temporada de caza deportiva, de especies de fauna silvestre en el territorio de la provincia de Catamarca, que finalizará el próximo 26 de julio de 2009, tal cual informó la Subsecretaría del Ambiente.
(DIARIOC, 18/05/2009) Según informaron desde el organismo, los días fijados para tal actividad serán los sábados y domingos, así como los feriados provinciales y nacionales, quedando expresamente prohibida la caza nocturna.

Las autoridades destacaron como requisito indispensable para la práctica de la actividad de caza el contar con el permiso de caza deportiva, el que será expendido por la Subsecretaría del Ambiente, para lo que se deberá contar con las tarjetas rosa, verde y amarilla del RENAR. En esta temporada los cazadores deberán poseer una guía u hoja de ruta en la que deberán consignar, con la aprobación de las autoridades, cada excursión que realice.
Se prohíbe la caza deportiva en las inmediaciones de poblaciones, en las márgenes de lagos, lagunas y embalses así como en los campos de particulares identificados con carteles de “prohibido cazar”. Asimismo, se vedó de la caza a las siguientes zonas del territorio provincial: Reserva de Biósfera de Laguna Blanca, área protegida Sierra de Belén, Zona de influencia del Paso de San Francisco, en el tramo que se extiende entre la Quebrada de Las Angosturas y el límite con el vecino país de Chile, en una franja de 4 km., aplicando la Ruta Nacional Nº 60 como eje, Sitio Ramsar “Lagunas Puneñas y Altoandinas de Catamarca”.

Especies

La caza se autoriza para las siguientes especies de fauna silvestre: del 16 de mayo al 26 de julio del año 2009: Perdiz chica o rubita, perdiz silbona o negrita, perdiz alas coloradas únicamente en Ambato, Paclín, Ancasti, El Alto y Andalgalá; charata, martineta copetona, únicamente en departamentos: Santa María, Tinogasta, Belén, Andalgalá y Pomán. En tanto, durante todo el año se pueden cazar las siguientes especies: liebre europea, comadreja overa, zorro gris chico, paloma montarás o pumpuna, urpilita, paloma picazuro o turca, paloma torcaza, loro calancate, loro barranquero del oeste, paloma mediana-tórtola, biguá.

Multas
Asimismo, se fijó los siguientes montos a cobrar para habilitar las actividades de caza los que ingresarán al Fondo de Conservación de la Fauna:
a) Permiso Anual de Caza Deportiva:
1- Para residentes en la Provincia de Catamarca: pesos Sesenta ($ 60)
2- Para residentes de otras provincias de Argentina: pesos cien ($ 100)
3- Para residentes extranjeros: pesos quinientos ($ 500)
b) Permiso Anual de Caza Deportiva, para socios de Clubes de Caza de Catamarca, con personería jurídica vigente y que tengan sus cuotas societarias al día: Pesos sesenta ($ 60).
c) Permiso Provisorio de Caza Deportiva: únicamente para personas con domicilio fuera de la provincia; siendo válido para una excursión de caza de dos (2) días.
{adr}1- Para turistas Argentinos: Pesos cien ($ 100)
2- Para turistas extranjeros: Pesos trescientos ($ 300)
También se establecieron los siguientes montos para multas:
a) Multa por infracciones severas: Pesos tres mil ($ 3.000)y suspensión perpetua del permiso de caza.
b) Multa por Infracciones Muy Graves: Pesos dos mil ($ 2.000) y suspensión por un (1) año del permiso de caza.
c) Multa por Infracciones Graves: Pesos un mil ($ 1.000) y suspensión por un seis (6) meses del permiso de caza.
d) Multa por Infracciones Moderadas: Pesos quinientos ($ 500) y suspensión por tres (3) meses del permiso de caza.
e) Multa por Infracciones leves: Pesos trescientos ($ 300) y suspensión por un (1) mes del permiso de caza.

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