El administrador de Monitoreo de Gestión, Adrián Bulacios, dio a conocer que “esta obra se lleva a cabo mediante el régimen especial de contribución por mejoras”. Según la correspondiente ordenanza, se trata de la prestación pecuniaria que obligatoriamente debe abonar todo propietario o poseedor a título de dueño de los inmuebles ubicados dentro del ejido urbano de la comuna en tanto resulten beneficiarios, directa o indirectamente, por la ejecución de una obra de utilidad pública municipal.