La Resolución Ministerial 865/2006 que pone en vigencia la normativa cuenta con un artículo que excluye como donante sin previo análisis al hombre que “en los últimos 12 meses haya tenido relación con otro hombre”. En este sentido, la autora de la iniciativa consideró que “los avances científicos, tecnológicos y culturales dan muestras acabadas de que los grupos de riesgo son cada vez más heterogéneos. Inhabilitar a una persona para ser donante por su elección sexual mediante una entrevista constituye un acto de ignorancia, prejuicio y sobre todo de discriminación”.
Tal como lo expresan los fundamentos del proyecto, diferentes países han hecho un gran avance en sus reglamentaciones basándose en los conocimientos y descubrimientos científicos en la materia, los cuales ponen en igualdad de condiciones de riesgo a hombres y mujeres sea cual fuere su definición sexual, entendiéndose que en todos los casos la sangre donada debe ser analizada para descartar su contaminación.
La iniciativa que se pone a consideración de la legislatura provincial, en su artículo segundo, determina que la aplicación de la misma regirá para todas las unidades, salas, y servicios de hemoterapia públicos y privados en todo el territorio provincial, entendiendo que donar sangre es un acto solidario que al igual que la donación de órganos puede contribuir a salvar la vida de otras personas.