Catamarca
Viernes 19 de Abril de 2024
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Senadores aprobaron la creación del servicio de emergencias coordinadas a través del *911

La Cámara de Senadores, aprobó en el marco de la 21º sesión ordinaria, la creación del Servicio de Emergencias Coordinadas bajo la órbita del Ministerio de Gobierno y Justicia de la Provincia, de acuerdo a la Ley Nº 5.170, por la que Catamarca se adhirió a la Ley Nacional Nº 25.367.
(DIARIOC, 26/10/2012) El Servicio de Emergencias Coordinadas, actuará como servicio oficial de atención de emergencia de cualquier naturaleza, mediante un único número telefónico gratuito de tres (3) cifras *911 (asterisco novecientos once) a fin de receptar las denuncias, pudiendo éstas efectuarse desde teléfonos públicos, semipúblicos, privados o celulares. El usuario, podrá a través de la marcación del número indicado, acceder en caso de emergencia a los servicios competentes de seguridad, de salud pre- hospitalaria, de bomberos y de defensa civil, determinados en protocolos. El servicio tendrá carácter gratuito, permanente y un uso de fácil y rápido acceso.
Cabe destacar que “se considera Emergencia, a toda circunstancia urgente, necesidad o catástrofe, que pueda comprometer la vida, libertad, seguridad e integridad de las personas, o la de sus bienes, y exija objetivamente un auxilio inmediato”.El proyecto de Ley, que contaba con media sanción en revisión de la Cámara de Diputados, es autoría del senador Jorge Edgardo Agüero,

Organismos que conforman el servicio de emergencias coordinadas:
El Servicio de Emergencias Coordinadas, se integrará con los siguientes organismos: Ministerio de Gobierno y Justicia, Ministerio de Salud, Ministerio de Hacienda y Finanzas; pudiendo incorporarse otros organismos que en la Reglamentación se prevea. Cada uno de los organismos designados o a integrase en el futuro, designarán un representante y podrán ser consultados y convocados para la implementación del Servicio, en caso que se lo considere necesario.
El Ministerio de Gobierno y Justicia, propondrá el diseño de organización correspondiente al Sistema de Atención Telefónica del Servicio de Emergencias Coordinadas, en el ámbito de la Subsecretaría de Seguridad o en el organismo que en un futuro pudiera reemplazarlo, en la que se determinará la dependencia funcional de las áreas ministeriales y policiales del titular de la Central del Sistema.

Responsables institucionales, ejecutivos y operativos del sistema: Asignase en carácter de Responsable Institucional, al Ministerio de Gobierno y Justicia y como responsable ejecutivo a la Subsecretaría de Seguridad o el organismo que en un futuro pudiera reemplazarlo, estando como responsables operativos, quienes sean designados a la atención del servicio telefónico *911 (asterisco novecientos once ) en las áreas competentes.

Objetivos y funciones: El Sistema de Atención de Emergencias Coordinadas, tendrá a su cargo los siguientes objetivos:
Desarrollar y mantener durante las veinticuatro (24) horas de todos los días del año, sin interrupción alguna, el sistema de recepción de llamadas de emergencia y transferencia a las áreas que correspondan.
Contener y orientar a los usuarios y transmitir de forma inmediata a las áreas competentes para su atención material.
Establecer los protocolos de comunicación para la intervención concreta de la policía de la provincia en todo el territorio y de las distintas áreas que correspondan.
Organizar y mantener actualizado un registro de las emergencias recibidas y derivadas.
Y dentro de sus funciones y responsabilidades deberá:
a) Realizar el seguimiento integral de las emergencias receptadas y controlar la calidad y eficacia de las prestaciones.
b) Optimizar el uso de los recursos y medios disponibles para el eficaz y correcto funcionamiento.
c) Convocar y capacitar a los operadores civiles, fuerza policial y actores sociales en las distintas operaciones del sistema.
d) Promover mediante los convenios necesarios con las entidades públicas y/o privadas la participación en la implementación del sistema.

Implementación: La implementación, se efectuará en forma progresiva iniciándose, en la forma que determine el Ministerio de Gobierno y Justicia, con la policía de la provincia, a la que se irá incorporando la atención de la emergencia sanitaria pre-hospitalaria, bomberos, defensa civil y toda otra que, a juicio del Ministerio de Gobierno y Justicia amerite su incorporación.

Competencia: El Servicio de Emergencias Coordinadas, funcionará mediante la atención telefónica *911 (asterisco novecientos once), como vía oficial única receptora de las emergencias, y aplicará la guía de protocolo establecido para cada caso.
Establecerá el procedimiento que se deberá seguir en cada caso y las áreas competentes para actuar.
También establecerá la metodología a aplicar en todos aquellos casos respecto de los cuales el servicio no está autorizado a asistirlos.
El servicio no comprenderá, en ningún caso, la prestación material de la asistencia requerida, la que corresponderá a la policía de la provincia y a los organismos competentes e integrantes del sistema, según el incidente que se trate.
Al Ministerio de Gobierno y Justicia, le competerá elaborar la reglamentación de la presente Ley, la que deberá contemplar los niveles de atención del sistema, el régimen laboral del personal afectado al mismo y los procedimientos de rutina a efectuar y todo otro aspecto que se considere necesario, como la confidencialidad, comunicación a la sociedad, colaboración e infraestructura entre otros.

Exclusividad: El personal de la policía de la provincia, deberá prestar el auxilio de la emergencia que se derive, justificando en todos los casos el despliegue realizado motivado en la atención de una emergencia ingresada por una vía alternativa.

Abusos: El Ministerio de Gobierno y Justicia, sin perjuicio de la infracción que constituya, dispondrá los procedimientos necesarios para el tratamiento de las llamadas de reporte de falsas emergencias, o agraviantes, o de términos soeces, debiendo efectuar las denuncias penales o las que correspondiere.

Organización, coordinación y autonomía: La coordinación de los organismos involucrados con el Servicio de Emergencias Coordinadas, se hará respetando en todo caso las normas específicas que regulen la organización de las mismas.

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