La ley fija que será obligatorio la exhibición en lugares visibles en las oficinas mencionadas de un cartel con la leyenda de obligación de atención preferencial a las mujeres embarazadas, citando el numero de la ley.
El Poder Ejecutivo Provincial invitará a los municipios a sancionar normas en idéntico sentido, para su aplicación en sus respectivas jurisdicciones, en tanto que las entidades privadas y públicas, gubernamentales o no, con asiento en Catamarca y con oficinas de atención al público, deberán hacer cumplir en su ámbito las disposiciones de la ley.