Catamarca
Viernes 19 de Abril de 2024
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Concejo Deliberante SFV

Solicitan controles sobre sitios baldíos en la Ciudad

Fue aprobado por el Concejo Deliberante capitalino un proyecto de Comunicación, iniciado por el edil Gilberto Filippin, tendiente a solicitar el cumplimiento del Título III, “Condiciones de Higiene de los Baldíos”, Articulo 12º, de la Ordenanza Nº 2449/12.
(DIARIOC, 01/07/2014) La iniciativa responde a la observación del estado de abandono que muestran los predios baldíos o edificados, con presencia de maleza, basura y desechos, producto de la falta de mantenimiento de la higiene de los mismos por parte de los señores propietarios.

Cabe destacar que la omisión o la negativa al correcto mantenimiento de estos lugares que, al no estar debidamente encerrados, se constituyen en espacios compartidos por lo que afecta a los demás moradores de la zona, con la promoción de plagas, alimañas y roedores, además de aportar una imagen negativa del ejido urbano.

Teniendo en cuenta que los artículos 9º, 13º y 17º de la Carta Orgánica Municipal, expresan claramente la condición de “irrenunciable e indelegable por parte del Gobierno Municipal, las funciones de seguridad, protección del ambiente… //…control de la salud…”; “Atender las siguientes materias…//…higiene, protección del ambiente, paisaje, equilibrio ecológico, y polución ambiental” y “la Municipalidad asegurará la limpieza e higiene general del ejido municipal, controlando la evacuación, recolección, transporte y tratamiento final de residuos tendiendo a su reciclaje que se reglamenta por ordenanza” con el objeto de hacer lugar a las obligaciones previstas en la Carta Orgánica Ordenanza Nº 2449, que en su Título III “Condiciones de higiene de los Baldíos” que dice “Los propietarios, poseedores y/o tenedores de inmuebles comprendidos en el régimen de la presente Ordenanza están obligados a mantenerlos libres de malezas de más de 0,20 m de altura, como así mismo de roedores, animales muertos, basurales, desechos y todo otro elemento que pudiera significar molestias para los vecinos o peligro para la salud o seguridad pública”.

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