Que los funcionarios públicos deben respetar las instituciones y normas vigentes y una de las formas de hacerlo es el uso correcto de los recursos públicos.
Que es imperioso contar con un detallado control de la explotación de los minerales atento a que son recursos NO RENOVABLES.
Que el bienestar de los habitantes de la ciudad de Andalgalá, en especial la de los artesanos locales, se ve vulnerado ante tales hechos si terminan siendo comprobados.
Que también se vuelve necesario conocer en detalle el accionar de la empresa SOMICA DEM tanto en el volumen de extracción mensual del mineral, como en la cantidad de la piedra rodocrosita que queda en el departamento Andalgalá.
Que se vuelve necesario un accionar inmediato por parte de la Secretaría de Minería de la Provincia, a fin de brindar transparencia sobre este asunto público, para tranquilidad de los sectores involucrados.
Que un informe pormenorizado de las transacciones, volumen de extracción en la mina, su posterior depósito en la ciudad de Andalgalá, copia del convenio celebrado entre la empresa SOMICA DEM y la Municipalidad de Andalgalá, será bien recibido por este cuerpo legislativo, a través del cual se canalizará dicho informe a los catamarqueños en su conjunto, quienes son en definitiva los que merecen la claridad necesaria sobre este asunto.