El Registro de Comercializadores de Bienes Usados no Registrables fue establecido por la AFIP mediante la Resolución General N° 3411 en diciembre del año pasado y se aplica, entre otras actividades, a la comercialización de autopartes y repuestos usados para automotores
Mediante tareas de investigación se seleccionaron contribuyentes que no habían cumplido con la obligación de inscribirse hasta el 11 de marzo pasado en el registro y que evidenciaron un cumplimiento irregular de sus obligaciones fiscales. Por ello se suspendió preventivamente la inscripción ante la AFIP.
Durante el operativo se constató que 2 locales seguían abiertos al público trabajando normalmente a pesar de registrar su CUIT inhabilitada, por lo que se los clausuró preventivamente y se notificó al Juzgado Penal Económico de turno.
Por otro lado, 4 comercios incluidos en la investigación habían bajado sus persianas hasta tanto regularicen su situación fiscal.
Las medidas adoptadas pretenden que los contribuyentes operen en un marco de transparencia tributaria y además a desalentar el comercio de autopartes y repuestos usados de dudosa procedencia.
Cabe recordar que la actividad fiscalizada como así también aquellos que se dediquen a la venta de equipos usados de telefonía móvil, joyas y piedras preciosas, entre otras, además de inscribirse en el Registro de Comercializadores de Bienes Usados no Registrables, deben informar mensualmente las existencias de mercaderías y cada 10 días las operaciones de compra venta, permitiendo a la AFIP el control en tiempo real de la operatoria comercial y la trazabilidad de los bienes involucrados.