La iniciativa fue presentada por el Ejecutivo Municipal y aprobada con modificaciones por el cuerpo.
“Las modificaciones están ligadas a referencias muy puntuales de lo que va a ser la aplicación de la ordenanza en cuanto a la localización de grandes superficies. Han quedado enunciados los lugares donde van a operar estas superficies, fundamentalmente en el sector sur y en las zonas de acceso de las rutas nacionales al sector de la ciudad, lo que hace al ingreso de Ruta 38 por avenida Alem, también por la Acosta Villafañe, zona sur en la interconexión de la ruta que lleva al aeropuerto, en fin, todas esas zonas que son periféricas al lado oeste del río del Valle y lo que hace al faldeo de la montaña”, explicó el concejal Edgardo Ávalos.
Para el edil la ordenanza viene a poner un marco “justo de prevención” con respecto al uso del suelo y todo lo que afecte al desarrollo urbano de la ciudad.
“Esta es una deuda viejísima que viene esperando nuestra ciudad y que como toda ciudad organizada, alguna vez tenía que tratarse. Este es el primer paso, en la cual de manera preventiva se determina la zonificación donde van a funcionar no sólo hipermercados, también futuras escuelas y lugares para actividades deportivas”, consideró, y dijo que estará vigente hasta que salga el código de planificación.
Por otra parte, y como se menciona en los fundamentos de la iniciativa, se aprobó el “estudio y bases para el Plan Urbano Ambiental de la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca”, donde se identifican 5 ejes estratégicos de trabajo, en cuyo segundo eje se indica “instituir un desarrollo urbanístico ambiental, esencialmente sustentable, en el conjunto de su territorio, para lo cual se establecen programas y proyecto que deberán desarrollarse para conducir al logro de los objetivos”.
Por último, el despacho de la ordenanza sancionada precisa que “pasará a formar parte del Código Urbano Ambiental como Capítulo I; y tendrá como fin, dotar al municipio de una norma que regule los usos del suelo en el ámbito de la ciudad, permitiendo de este modo regular la localización de usos molestos y/o peligrosos, evitar los conflictos que surgen por la localización de usos incompatibles con los consolidados en cada sector, incorporando además los requerimientos de estacionamientos y cargas y descargas para los usos no contemplados en el Código de Edificación”.