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Viernes 29 de Marzo de 2024
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Multa y clausura por no contar con habilitación y derramar agua servida al arroyo

El Juzgado de Faltas Nº2, de la Municipalidad, a cargo del Dr. Alfredo Ripio Guzmán, declaró responsable al Sr. Luis Esteban Agudo, D.N.I. Nº 6.944.538, por la conducta contraria a derecho de no contar con la respectiva habilitación comercial de Rentas Municipal de su local, rubro lavadero, al momento de la inspección y por derrame de agua servida al arroyo, debido a que no cuenta con la conexión a las cloacas correspondientes.
(DIARIOC, 06/10/2009)Por ambas infracciones, fueron confeccionadas las actas de comprobación Nº 17503 y 17412, respectivamente, con fecha 16 de septiembre de 2009, con la imposición al infractor de una multa de $2.000, obligación que se debe cumplimentar en el plazo de 5 días de notificada la correspondiente resolución, bajo apercibimiento de Ley- artículo 49, Ordenanza 2798/94.

Por otra parte, el Juzgado de Faltas Municipal, resolvió ordenar la clausura preventiva del local comercial, lavadero “Agudo”, ubicado en calle Bartolomé de Castro Nº 460, hasta tanto obtenga las disposiciones legales relacionadas con al habilitación municipal.

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