La ejecución del Presupuesto comenzará el primero (1 °) de Enero y terminará el treinta y uno (31) de Diciembre de cada año. Si hasta el treinta y uno (31) de Diciembre del respectivo año no se hubiera aprobado el Presupuesto del ejercicio siguiente, el Ejecutivo Municipal pondrá en vigencia el correspondiente al ejercicio vencido, que comprenderá exclusivamente las partidas´ ordinarias a valores constantes…” el municipio de Belén hoy tendría que continuar con el presupuesto aprobado en el año 2005, por el cual el ejecutivo no podría tener facultad de realizar modificaciones que modifiquen la planta funcional del municipio.
El concejal Daniel Marcial del Frente Cívico y Social respaldo el tratamiento del presupuesto basado “en que de acuerdo a las instrucciones del Tribunal de Cuentas de la Provincia, el presupuesto municipal es el único instrumento legal por la cual el Concejo puede controlar al municipio”. El Concejal Ramón Carrizo manifestó que “el intendente no le da importancia al marco legal por el cual el tiene que caminar, ya que no presenta la documentación en tiempo y en forma ante ninguno de los organismos como ser Concejo y Tribunal de Cuentas quien este último abrió un sumario administrativo por no presentar documentación en tiempo y en forma”
El presupuesto que se elevó al Concejo Deliberante el cual paso a comisión especial para que el tratamiento se lleve a cabo en esa instancia. Para ejercicio económico del 2010 el Ejecutivo Municipal planificó que necesitará treinta millones de pesos para:
Administración General $ 18.647.000.00
Salud $ 107.000.00
Bienestar Social $ 1.905.180.00
Cultura y Educación $ 355.000.00
Desarrollo de Economía $ 9.064.111.00
Deuda Pública $ 350.000.00
El Concejal Genaro Contreras (FCyS) dijo “estuve leyendo el presupuesto y no me parece que no este tan complicado porque tiene una asignación general, una asignación por área, las inversiones con regalías mineras y con el fondo solidario, y no necesita un tiempo prolongado para analizarlo”
En comisión especial se tratara el presupuesto en la cual se citará al Secretario de Finanzas y Obras Publicas para que defiendan el presupuesto presentado a más de cinco meses de vencido el plazo que estipula la Carta Orgánica Municipal, que es tenida en cuenta en algunas ocasiones.
Fuente: lavozbelicha.com.ar