El Gabinete aprobó hoy incluir en la Carta Magna una serie de condiciones que permitan a Japón defender a sus socios, algo que estaba hasta ahora limitado por el artículo 9, que impedía al paí­s el uso de la fuerza para resolver conflictos internacionales.
De acuerdo a la modificación, Japón podrá ejercer el llamado derecho de autodefensa colectiva, si "la existencia del paí­s se ve amenazada y existe un claro peligro de que se vean anulados los derechos del pueblo a la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad", según despacho de EFE.
El concepto de autodefensa colectiva está contemplado en el Derecho internacional y, además de la asistencia militar a aliados en caso de que estos sean atacados, permitirá la participación de Japón en operaciones de seguridad de Naciones Unidas.
En este sentido, Tokio podrá acelerar el enví­o de sus Fuerzas de Autodefensa (Ejército) a zonas con conflictos denominados "de baja intensidad" y estudiar la ampliación de apoyo logí­stico y de otro tipo para estas misiones en el extranjero.
Para hacer efectiva la medida, el Parlamento nipón deberá dar también el visto bueno y, aunque las fuerzas gobernantes ostentan mayorí­a, no se descarta que a la cláusula se le impongan algunas restricciones más antes de su ratificación definitiva.
Fuente: Télam