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Martes 23 de Abril de 2024
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Aprobaron ayer los beneficios para los jubilados afectados por las bajas dispuestas desde la ANSES

La Cámara de Diputados, durante la cuarta sesión ordinaria que se llevó a cabo ayer, dio media sanción y giró al Senado para su tratamiento el proyecto de ley que autoriza al Poder Ejecutivo a implementar acciones a favor de los jubilados de la administración pública provincial, cuyos beneficios fueron dados de baja por diferentes motivos en los cuales los titulares no tuvieron participación dolosa y cuyo listado se agrega como anexo a la propuesta que originariamente fuera presentada por el Bloque Justicialista, pero que en las comisiones de Legislación General y Hacienda y Finanzas fuera modificado y ampliado con propuestas surgidas del bloque del Frente Cívico y Social.

La Cámara de Diputados, durante la cuarta sesión ordinaria que se llevó a cabo ayer, dio media sanción y giró al Senado para su tratamiento el proyecto de ley que autoriza al Poder Ejecutivo a implementar acciones a favor de los jubilados de la administración pública provincial, cuyos beneficios fueron dados de baja por diferentes motivos en los cuales los titulares no tuvieron participación dolosa y cuyo listado se agrega como anexo a la propuesta que originariamente fuera presentada por el Bloque Justicialista, pero que en las comisiones de Legislación General y Hacienda y Finanzas fuera modificado y ampliado con propuestas surgidas del bloque del Frente Cívico y Social.

La iniciativa indica que mientras persista la situación de no pago de los beneficios previsionales pero se mantenga la expectativa de su restitución, el Poder Ejecutivo Provincial, a solicitud formal de los beneficiarios titulares, podrá instrumentar préstamos, sin costo alguno y sin actualización, con destino al pago de facturas por consumo de energía eléctrica y servicios de agua, cloacas y gas de la vivienda familiar de dichos beneficiarios y solventar los gastos de supervivencia del grupo familiar directo, con un tope de $300 por beneficiario.
La norma contempla que en la alternativa de subsistir la situación de suspensión de los beneficios previsionales, se autoriza al Poder Ejecutivo a suspender los vencimientos del impuesto inmobiliario y de las tasas por servicios municipales de la casa-habitación de los beneficiarios, invitándose a los municipios con carta orgánica a disponer similares medidas con las tasas municipales que recaigan sobre los referidos inmuebles.

Con respecto a los préstamos de $300, se fija al respecto que una vez otorgados se transformarán en subsidios ante la eventualidad de baja definitiva de los beneficios previsionales, y en los casos de restitución del beneficio jubilatorio el Poder Ejecutivo Provincial gestionará ante la ANSeS la autorización para que en el momento del pago se retengan las sumas que en cada caso se hayan otorgado en calidad de préstamos.

El texto sancionado indica además que el Poder Ejecutivo Provincial reglamentará y pondrá en funcionamiento las acciones previstas en esta ley dentro de los treinta días de su vigencia, dando prioridad a los beneficiarios con mayores necesidades desde el punto de vista social, de acuerdo a cada caso particular.


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