La pena de un año y seis meses de prisión en suspenso fue impuesta por la Justicia penal, contravencional y de faltas a instancias de la fiscal de la Unidad Fiscal Sudeste, Claudia Barcia, y recayó sobre Ricardo Raúl Ham, delegado gremial de COTO S.A..
También se lo condenó a hacer un curso vinculado a la actividad sindical o gremial o en relación a los derechos de los trabajadores y a realizar un curso sobre manejo de emociones.
Se lo responsabilizó como culpable del delito de amenazas (art. 149 bis del Codigo Penal) dirigidas a varios funcionarios de la empresa, entre los cuales se encontraba Alfredo Coto.
Ese artículo establece que "será reprimido con prisión de seis meses a dos años el que hiciere uso de amenazas para alarmar o amedrentar a uno o más personas. En este caso la pena será de uno a tres años de prisión si se emplearen armas o si las amenazas fueren anónimas. Será reprimido con prisión o reclusión de dos a cuatro años el que hiciere uso de amenazas con el propósito de obligar a otro a hacer, no hacer, o tolerar algo contra su voluntad".
Los hechos que se le atribuyen ocurrieron en la sucursal Nº 61 de la cadena de supermercados Coto en la calle Matheu 220 de esta ciudad:
El 1º de septiembre de 2009, a las 13 aproximadamente, el delegado les refirió a los Sres. Alfredo Coto y Miguel Ángel García dichos tales como: “ATÉNGASE A LAS CONSECUENCIAS. YA QUE USTEDES HACEN LO QUE QUIEREN AHORA NOS VAN A VER A NOSOTROS EN ACCIÓN…”, y luego tras insultarlos manifestó: “QUE LOS IBA A MATAR, QUE YA SE IBAN A ACORDAR DE ÉL”, “QUE NADIE ME VA A SACAR DE MI LUGAR DE DELEGADO GREMIAL”.
El 3 de septiembre de 2009, siendo aproximadamente las 18:00, el Sr. Ham le refirió al Sr. Gastón Daniel Masini dichos tales como: “VENGO DE ESTAR CON VAZQUEZ Y UNA ESCRIBANA, VOS TAMBIÉN SOS UN HIJO DE PUTA IGUAL QUE TODOS LOS DEMÁS, Y A VOS TAMBIÉN TE VOY A MATAR. SOS OTRA MIERDA COMO TODOS LOS DEMÁS”, para luego referirle: “SI PIERDO LA ELECCIÓN EN LA SUCURSAL Nº 61 VOS Y TODA TU FAMILIA LA VAN A PASAR MUY MAL, ESTAS AVISADO, NO SIGAS TRAYENDO GENTE QUE NO ME VA A VOTAR”.
La fiscal, Claudia Barcia se refirió en su alegato a la “agresividad con la que el imputado desarrolló sus conductas, que excede ampliamente la facultad que se le asigna al delegado gremial en relación a la defensa de los trabajadores, por lo que las actitudes endilgadas no pueden justificarse en razón de la función sindical”.
De la investigación surge que “las frases vertidas por el imputado, así como el comportamiento intimidante que tuvo con los Sres. García, Coto y Masini poseían la capacidad objetiva de provocar una limitación a la libertad de las víctimas, infundiéndoles miedo por la posibilidad de provocarles un daño futuro, configurando de este modo el delito de amenazas”.
La jueza, titular del Juzgado PCyF Nº 21, ante las pruebas y testimonio aportados por la Fiscalía resolvió “CONDENAR a RICARDO RAÚL HAM, de las demás condiciones personales obrantes en autos, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de amenazas simples, respecto de los hechos que fueran objeto del contradictorio, a la PENA de UN (1) AÑO Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN CUYO CUMPLIMIENTO SERÁ DEJADO EN SUSPENSO.
Durante el plazo de dos (2) años, RICARDO RAÚL HAM, deberá cumplir las siguientes reglas de conducta: “Fijar residencia y someterse al cuidado del Patronato de Liberados; realizar un curso relacionado con la actividad sindical y/o gremial y/o relativa a los derechos de los trabajadores cuya modalidad de cumplimiento será coordinada oportunamente una vez que tome intervención en el caso la Secretaría Judicial de Coordinación y Seguimiento de Ejecución de Sanciones y el Patronato de Liberados”-
También a realizar un curso sobre “Manejo de las Emociones” que es brindado por la Licenciada Stella Maris Margetic perteneciente a la Oficina de Acceso a la Justicia y Métodos Alternativos de Solución de Conflictos.
El acusado ya registraba antecedentes
El 1º de abril de 2011 los fiscales de la Unidad Fiscal Sudeste, Martín Lapadú, Luis Duacastella y Aníbal Brunet lograron que se condene a Raúl Ricardo Ham, culpable de la contravención de hostigamiento –art. 52 de la ley 1472- en la causa Nro. 18.088/10.
En aquel episodio la jueza titular del Juzgado en lo Penal Contravencional y de Faltas Nº 26 condenó al Sr. RICARDO RAÚL HAM, por haber hostigado a la Sra. Natalia Elizabeth Carnevale (jefa de Recursos Humanos de la sucursal 61). (Infobae)