En diálogo con Cadena 3, el intendente de esa ciudad cordobesa, Claudio Chavero dijo: "Estuvimos reunidos con el juez y acordamos la rescisión del contrato. A partir de ahora elevaremos el acuerdo al Concejo Deliberante para que lo apruebe".
Se estima que el reemplazo del magistrado de faltas estará resuelto en la próxima semana.
En conferencia de prensa, el polémico ex juez de Faltas, señaló:
´´Mis argumentos son estrictamente jurídicos y que por suerte fueron avalados por un tribunal de la Provincia de Buenos Aires, que comparte mi interpretación, y mi interlocutor (en relación al intendente) habla de circunstancias políticas”, explicó.
Confirmó que se rescindió el contrato que desde hace unos 9 años lo vinculaba con la Municipalidad.
Y al respecto negó tener un cargo político: “Con el Municipio me vincula un contrato de locación de servicios, yo no cobro de la nómina de empleados”.
Gigena dijo que se va “con la satisfacción de haber cumplido el deber”.
El ahora ex funcionario había aceptado los argumentos de "inconstitucionalidad" presentados por dos motociclistas bonaerenses en el descargo luego de que fueran sancionadas el 8 de octubre último en ese municipio ubicado a unos 100 kilómetros de la capital de Córdoba.
Los motoqueros se ampararon en un fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sobre idéntico caso, y sostienen que las personas mayores de edad tienen el derecho a elegir si usa casco o no, por considerar que se trata de un "derecho personalísimo y privado que no afecta a terceros".
En uno de los párrafos del instrumento resolutivo el ahora ex juez de Faltas había sostenido que "el uso del casco o cinturón de seguridad en personas mayores comprende la intimidad, la conciencia, el derecho de disponer de sus actos, de su obrar, de su propio cuerpo, de su vida, en ejercicio de su libertad".
En diálogo con Cadena 3, oportunamente Gigena había explicado los motivos que lo llevaron a dictar la controvertida resolución.
Había argumentado que su decisión fue fundada estrictamente en consideraciones jurídicas y que se basó en una resolución sobre dos casos particulares del Tribunal Superior de Justicia sobre la no penalización de la tenencia de drogas para el consumo propio.
Fuente: Cadena 3