La denuncia, presentada en 2003, mencionó que se utilizaron fondos de la ex Secretaría de Inteligencia del Estado para abonar sobresueldos a jueces entre 1989 y 1999 y pagos a periodistas en el período 1999-2001
La resolución la dictó la sala II del tribunal tras considerar que luego de más de una década de investigación en el sumario penal sólo hubo "magros avances" e insuficiencia de pruebas relacionada con los hechos denunciados.
El archivo ordenado en primera instancia con el acuerdo del fiscal Carlos Rívolo, llegó a la Cámara por apelación de la Oficina Anticorrupción (OA), querellante en la causa.
La denuncia, presentada en 2003, mencionó que se utilizaron fondos de la ex Secretaría de Inteligencia del Estado para abonar sobresueldos a jueces entre 1989 y 1999 y pagos a periodistas en el período 1999-2001.
Al apelar el archivo la OA expuso que quedaron sin producir dos medidas de prueba: el análisis de documentación agregada a la causa sobre el presunto enriquecimiento ilícito del ex funcionario menemista Raúl Granillo Ocampo y el testimonio de una empresaria estadounidense, Mattie Lolavar.
Según la denuncia Lolavar, titular de una consultora, habría firmado un contrato con la SIDE para mejorar la "imagen" del gobierno aliancista.
La OA recordó que, durante un reportaje la mujer habría hecho referencia a "un listado" con los periodistas destinatarios de los supuestos pagos por parte de la SIDE.
La Sala II de la Cámara acotó que el objeto procesal de la causa contra Granillo Ocampo es distinto y la incorporación de documentos de ésta no revertiría la situación de la del abono de sobresueldos a jueces y pagos a periodistas.
Sobre las declaraciones de Lolavar a la prensa, el tribunal de segunda instancia recalcó que la empresaria no dijo tener un listado sino que el mismo, pero correspondiente a cuando Menem era presidente, habría sido mencionado por el ex titular de la SIDE, Fernando de Santibañes.
Los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah destacaron, además, la respuesta de Estados Unidos a un exhorto, pidiendo precisiones sobre posibles domicilios de Lolavar en ese país.
"Frente a esta situación la evaluación realizada por la fiscalía como por el Juzgado" sobre la producción de esas pruebas y su "conclusión negativa" para el progreso de la pesquisa "debe compartirse", agregaron Irurzun y Farah.
Los camaristas subrayaron que, como el archivo del sumario tiene "carácter provisional", nada impide, si se modifica la situación del expediente, reanudar la investigación.
Fuente: Télam