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Viernes 19 de Abril de 2024
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Avanza el proyecto que fija la "tarifa social" para medios comunitarios

El Senado de la Provincia de Buenos Aires aprobó por unanimidad el proyecto de Ley que fija una tarifa social diferenciada de suministro eléctrico para las emisoras de radio y canales de televisión de baja potencia.
El Senado de la Provincia de Buenos Aires aprobó por unanimidad el proyecto de Ley de "Tarifa Social Eléctrica para Servicios Audiovisuales" de radio y televisión, que se encuentren en el territorio bonaerense.

La iniciativa del senador del Frente para la Victoria, Emilio López Muntaner, fija una tarifa social diferenciada de suministro eléctrico para las emisoras de radio y canales de televisión de baja potencia que se encuentran en la provincia.

"Es un deber del Estado apoyar a las radios y canales comunitarias, ya que cumplen un rol social muy importante al mantener viva las culturas locales e informados a los vecinos sobre la vida misma del lugar", subrayó López Muntaner en diálogo con Télam.

"Este proyecto busca fortalecer a los medios comunitarios de la Provincia en clara sintonía con lo propuesto por la ley de servicios audiovisuales"


La iniciativa aprobada establece que Gobierno de la Provincia de Buenos Aires deberá subsidiar el 60% del total del valor incluido de la factura de energía eléctrica que reciban las emisoras de frecuencia modulada y televisión que tengan el carácter de "emisoras Comunitarias, Pyme, Cooperativas, Culturales o de Baja Potencia".

López Muntaner dijo que "este proyecto busca fortalecer a los medios comunitarios de la Provincia en clara sintonía con lo propuesto por la ley de servicios audiovisuales".

"Debemos darle difusión a este proyecto que fortalece la comunicación democrática, que ya obtuvo la sanción acá en el Senado y tuvo una gran comprensión y aceptación de los demás senadores. No tengo dudas que será aprobado en diputados", agregó.

La iniciativa permitirá que accedan al beneficio aquellas emisoras de radio de baja potencia comprendidas en las categorías E, F y G según Resolución 142 SC/96 que cuenten con inscripción y hayan cumplimentado el Censo Afsca Resolución 1 y 2 /2009 y Resolución Afsca 325/2010.

A su vez, aquellas Emisoras de Televisión de baja potencia comprendidas en la Resolución Afsca 3/2009 y Resolución Afsca 325/2010 que hallan cumplimentado las mismas.

Fuente: Télam

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