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Jueves 25 de Abril de 2024
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Capdevilla afirmó que Boudou no ordenó que se otorgue lo solicitado por Ciccone

El ex director de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y testigo en la causa Ciccone, José Capdevilla, declaró en marzo de 2012, en sede judicial, que emitió un dictamen en el que recomendaba a la AFIP "evitar el cierre de la empresa", afectada por un proceso de quiebra, con el propósito de "no perjudicar los puestos de trabajo".
"A mi modo de ver ningún Ministro contestaría que se cierre una empresa estratégica y que se pierdan fuentes de trabajo; tampoco contestaría que no se preocupe por el interés recaudatorio porque la experiencia demuestra que la AFIP recauda mejor en un plan de pagos que en una quiebra", recomendó Capdevilla, en el dictamen número 222012 que emitió el 8 de noviembre de 2010 al entonces titular de la cartera, Amado Boudou, en su carácter de responsable de temas jurídicos.

"No corresponde a este Ministerio dar instrucciones a la AFIP sobre el curso de acción que debe adoptar con relación al pedido efectuado por Ciccone Calcográfica S.A.", agregó.

Y agregaba en ese documento: "Por tratarse de una competencia propia del organismo (la AFIP) respecto de la cual la legislación vigente no prevé la intervención o la necesidad de autorización o convalidación por parte de este Ministerio."

En la declaración que formuló en la causa, Capdevilla aseguró "no haber recibido ninguna indicación formal o informal de ningún funcionario sobre la consulta remitida por AFIP".

El ex funcionario sostuvo además "que la consulta fue respondida en base a lo que las leyes indican para cada caso, de acuerdo con su competencia", y que "era necesario que el Ministerio contestara el pedido de la AFIP".

Capdevilla reconoció haber tomado vista e inicialó la nota que iba a firmar el ministro, e incluso "reconoció como propia la inicial en la nota exhibida por el fiscal de la causa", Carlos Alberto Rívolo.

Según consta en foja judicial, Capdevilla recalcó que "el Ministro no le está dando una instrucción u orden de que se otorgue lo solicitado sino que dice que lo sustancie, es decir, que le dé el trámite que corresponda según las facultades que tiene el Organismo".

Fuente: Télam

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