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Sabado 20 de Abril de 2024
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Causa AMIA: Casación dará a conocer el 8 de abril la sentencia por el memorándum con Irán

La sala II del máximo tribunal penal del país convocó a una audiencia el 8 de abril a las 12 para leer el veredicto y a otra anterior, el 31 de marzo a las 12, para escuchar a todas las partes en los Tribunales Federales del barrio porteño de Retiro.
La Cámara Federal de Casación Penal dará a conocer el próximo 8 de abril la sentencia sobre la validez constitucional del memorándum de entendimiento entre Argentina e Irán por el atentado a la AMIA, según resolvió el titular de la sala II a cargo de la causa, Juan Carlos Gemignani.

El camarista del máximo tribunal penal del país convocó a una audiencia el 8 de abril a las 12 para leer el veredicto y a otra anterior, el 31 de marzo a las 12, para escuchar a todas las partes en los Tribunales Federales del barrio porteño de Retiro.

Casación tiene en sus manos desde fines del año pasado el dictamen del fiscal ante esa instancia, Raúl Pleé, quien se mostró favorable a confirmar la decisión de la sala I de la Cámara Federal porteña que dictó la inconstitucionalidad del memorándum el 15 de mayo del 2014.

En esa instancia se revocó una decisión del juez federal de primera instancia Rodolfo Canicoba Corral, quien había rechazado por improcedente la acción de amparo que presentaron AMIA y DAIA contra el memorándum que Argentina firmó con Irán y que lo mantenía vigente a la espera de la ratificación de este último país.

Canicoba Corral había resuelto que la acción invocaba un "agravio constitucional basado en la concreción o inminencia de un daño originado en la conjeturada finalidad de un hecho cuya ocurrencia no sucedió, no se ha verificado en autos o cuanto menos, no ha sido probado".

Pero luego la Cámara Federal hizo lugar a una apelación de AMIA y declaró inconstitucional el memorándum y la ley 26.843 que lo aprobó.

Este fallo fue apelado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, recurso que ahora tratará Casación, cuya decisión podrá ser revisada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación si alguna de las partes apela.

El Ministerio de Justicia consideró que la sala I de la Cámara Federal "desatendió" agravios de los accionantes al declarar "oficiosamente la inconstitucionalidad del Memorándum de Entendimiento y la Ley 26.843".

En la apelación aseguraron que la Cámara "en forma oficiosa, declaró la invalidez constitucional de las normas, sobre la base de una original construcción".

El fallo de la Cámara "al declarar la inconstitucionalidad de la norma mediante la cual el Congreso de la Nación aprobó el Memorándum de Entendimiento y pretenderla inaplicable, tiene como efecto privar al Poder Legislativo del ejercicio efectivo de su potestad constitucional de 'aprobar' un tratado, con la consecuencia práctica de desechar ese instrumento".

En la resolución firmada hoy, el camarista de Casación Gemignani resolvió que "estando los autos en estado, fíjase audiencia para que las partes informen (art. 465, último párrafo del C.P.P.N.) sobre sus pretensiones para el día 31 de marzo de 2015 a las 12 horas, disponiéndose asimismo que la audiencia para la lectura de la sentencia se realizará el día 8 de abril de 2015 a las 12 horas".

Por otra parte, requirió a la Secretaría General de Casación que proceda de inmediato a designar a un suplente para la camarista Angela Ledesma, quien está de licencia en la sala II.

"Si en virtud de las normas aplicables resultare necesaria la realización de sorteo, deberá notificarse a las partes día y hora para su realización", agregó en referencia al reemplazo de Ledesma.

Al resolver convocar a las partes y fijar fecha para la sentencia, Gemignani decidió también dejar de lado por "impertinente" un pedido a Naciones Unidas para que por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores informe sobre el registro del Memorándum de Entendimiento (ley 26.843, promulgada el 28 de febrero de 2013) en los términos del art. 102 de la Carta de Naciones Unidas y de los artículos 77 inc. g) y 80 de la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados.

Gemignani puso para resolver este tema "en especial consideración a la celeridad que siempre reclama la atención de los derechos constitucionales comprometidos en el procedimiento de amparo" y por eso dejó sin efecto "el pedido de informes a Naciones Unidas sobre el registro del Memorándum".

El pedido de esta nueva prueba, ahora anulado, había sido resuelto por la camarista Angela Ledesma antes del inicio de su licencia.

A la audiencia fijada para el 31 de marzo deberán concurrir todas las partes entre ellas la AMIA, DAIA, el fiscal Pleé y el Gobierno, que apeló el dictado de la inconstitucionalidad.

La sala II de Casación está integrada por Gemignani, el subrogante Luis Maria Cabral y Ledesma, de licencia por cuatro meses por razones de estudio.

Ledesma era la presidenta de la Sala II hasta el inicio de su licencia y se esperaba que convocara a la audiencia previa, algo que finalmente hizo Gemignani, nuevo titular de la sala.

Fuente: Télam

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