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Crimen de Ferreyra: para la jueza del caso hubo un acuerdo previo armado por la Unión Ferroviaria

Para la jueza Wilma López, hubo un "acuerdo previo" de los acusados "convocados" por la Unión Ferroviaria, según surge de la resolución a la que tuvo acceso Infobae.com en la que se dictó el procesamiento y prisión preventiva de los siete detenidos del caso
(DIARIOC, 24/11/2010) Si bien la jueza no determinó quién fue el ejecutor o el autor material del homicidio, sostuvo que fue uno de los disparos efectuados por Cristian Favale o Gabriel "Payaso" Sánchez el que “le quitó la vida” a Ferreyra.

"Todos los intervinientes fueron previamente convocados con el fin claro de impedir, en la forma a la postre verificada con asentimiento de las consecuencias, el corte de vías de los manifestantes enrolados en el grupo aquí llamado de los empleados tercerizados y otras organizaciones adherentes", dice la resolución.

Para la jueza, Pablo Marcelo Díaz, Juan Carlos Pérez, Cristian Daniel Favale, Francisco Salvador Pipitó, Jorge Daniel González, Guillermo Armando Uño y Gabriel Fernando Sánchez, entre otros aún no individualizados, fueron "convocados por la Unión Ferroviaria, lo que se habría decidido con anterioridad, consintiendo y aceptando la finalidad y los medios empleados por sus compañeros".

En el fallo, la magistrada efectuó una descripción de los hechos: "El grupo que respondería a la Unión Ferroviaria bajó velozmente desde el terraplén, sumado a los que ya estaban sobre la calle, sobrepasó a la policía allí instalada y fue directamente a agredir a los manifestantes, desde una distancia de 20 metros, aproximadamente, arrojando piedras y otros elementos contundentes. Luego, Pablo Marcelo Díaz y Cristian Daniel Favale habrían hablado sobre si este último había traído los ´fierros´".

Al reanudarse la agresión por parte del grupo conformado por miembros de la Unión Ferroviaria, comenzaron a arrojar palos y piedras al conjunto de reclamantes. En esos momentos, Pablo Marcelo Díaz, Cristian Daniel Favale, Gabriel Fernando Sánchez, Guillermo Armando Uño y Juan Carlos Pérez se separaron del grupo hacia la derecha, oportunidad en la que Favale se ubicó en el medio de la calle Pedro De Luján y, tras agacharse, habría efectuado 3 ó 4 disparos con arma de fuego hasta que se le trabó.

Luego le habría dicho a Pablo Díaz, "no puede ser que estos hijos de puta nos corran, mira todos los que somos, al de la gomera, a ese gil de mierda le agujeré la panza", según surge de la resolución.

Mientras tanto, Gabriel Fernando Sánchez se ubicaría entre un rodado Volkswagen Polo -color verde- y un árbol que se encontraba sobre la calle Pedro de Luján a pocos metros de su intersección con Perdriel, sobre la vereda izquierda, de acuerdo al tránsito vehicular, y también comenzó a disparar contra los manifestantes en un indeterminado número de veces.

Seguidamente, a Pablo Díaz le sonó el handy anunciando que lo había llamado "el gallego Fernández", quien le habría dicho que se vayan; por esa razón Juan Carlos Pérez habría guardado las armas que le entregaron Guillermo Armando Uño, Gabriel Fernando Sánchez y Cristián Daniel Favale, pero antes de retirarse, le habrían manifestado "negro, negro le dimos", a lo que Pérez habría contestado "bueno, vayan y háblenlo con Pablo".

"Uno de los disparos efectuados por los nombrados le quitó la vida a Mariano Esteban Ferreyra y los otros impactaron en las personas de Magalí Elsa Rodríguez Sosa, Nelson Aguirre y Ariel Benjamín Pintos", indicó la jueza.

La acción descripta resulta constitutiva de los delitos de "homicidio calificado por el concurso premeditado de dos o más personas en concurso real con tentativa de homicidio calificado por el concurso premeditado de dos o más personas", en concurso con el de “coacción agravada” para el caso de los periodistas que fueron intimidados.

Para la magistrada el elemento fundamental está dado por el "acuerdo previo". "No quedan dudas que en el conflicto bajo estudio está presente y basta señalar que la disposición de cada actividad demuestra la existencia de esa concordancia previa, la totalidad de la prueba reunida y ya relevada en ese sentido en los párrafos anteriores no hace más que exhibir esta circunstancia".

La jueza dijo que de las pruebas surge que se usaron dos armas de fuego. La misma arma de fuego, calibre .38, fue la que produjo la muerte de Mariano Esteban Ferreyra y puso en riesgo la vida de Magalí Elsa Rodríguez Sosa, mientras que un arma diferente, pero del mismo calibre que la anterior, habría sido aquella con la cual se atentó contra la integridad física de Nelson Fabián Aguirre y Ariel Benjamín Pintos.

"Claramente, estamos en presencia de un supuesto de autores plurales en convergencia intencional sobre un hecho común, queriendo todos el hecho como propio, resultando esencial en este análisis la categoría del ´mutuo acuerdo´ que es, precisamente, lo que distingue y califica la obra como concebida en forma conjunta por todos los intervinientes, pese a la disparidad de acciones ejecutivas que cada uno desarrolle". (Infobae)

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