La Cámara de Diputados aprobó un proyecto de resolución mediante el cual le solicita al Poder Ejecutivo Nacional que disponga la prórroga del plazo establecido en el artículo 6º de la ley 25.798 de Sistema de Refinanciación Hipotecaria, referido a la opción de ingreso de acreedores y deudores al sistema.
La solicitud es extensiva a los legisladores nacionales por Catamarca, para que arbitren los medios legales necesarios a los fines de suspender los remates hipotecarios llevados a cabo sobre viviendas únicas e inmuebles de pequeños y medianos productores (Pymes) y microemprendimientos, en todo el ámbito nacional.
Presentadas por la presidenta del bloque de diputados provinciales del FCyS, Marta Grimaux de Blanco, copias de la declaración fueron remitidas al PEN, a los legisladores nacionales representantes de la provincia y a las presidencias de las Cámara de Senadores y Diputados de la Nación.
Grimaux de Blanco dijo que la iniciativa fue motorizada "con el convencimiento que con esta propuesta legislativa contribuiremos, desde nuestra provincia, a la defensa del ejercicio del derecho de propiedad de nuestros comprovincianos y de miles de argentinos que padecen esta situación de incertidumbre con respecto al destino de su vivienda única".
Marco legal
La ley nacional 25798, sancionada el 5 de noviembre del 2003, estableció un Sistema de Refinanciación Hipotecaria, a cual podían acceder deudores y acreedores de créditos hipotecarios.
El sistema implementado por el gobierno nacional trata de evitar el remate de las viviendas hipotecadas que se encuentran en mora, en tanto que los Bancos o entidades financieras pueden optar por vender la totalidad o parte de su cartera irregular a un Fondo Fiduciario creado a tal fin.
La norma, conocida como ley de salvataje o rescate de deudores hipotecarios morosos, cubre a quienes tenían créditos para vivienda única de hasta cien mil pesos ($100.000), y que hubieran entrado en mora entre el 1º de enero del 2001 y el 11 de setiembre del 2003.
El mecanismo ideado establece refinanciaciones de hasta doce aÒos y fija un tope máximo para que los beneficiarios no paguen mensualmente más del 25% de sus ingresos.
"No obstante ello, los deudores hipotecarios continúan en una situación preocupante y de incertidumbre, ya que siguen los desalojos y los juicios de los acreedores, para lograr el remate de los inmuebles", dijo la legisladora.
Intervención del Estado provincial
Además, los diputados declararon la necesidad de intervención del Estado provincial en el proceso de ejecución de deudas hipotecarias con el sistema financiero, que hayan afectado viviendas únicas como garantía real.
El diputado Ruben Manzi (Fregen), autor de esta iniciativa, menciona en sus fundamentos que el capítulo 2º de la Constitución Provincial, referido a los derechos económicos sociales, "es encabezado por el artículo 50º que expresa en su primer párrafo que el ejercicio del derecho de propiedad privada debe ajustarse a los principios de justicia social, que la ley determinará de acuerdo a la categoría, naturaleza y destino de los bienes".