La Cámara alta aprobó durante la última sesión la modificación del artículo 81 de la Ley Nº3122, Estatuto del Docente. El mismo establece el siguiente escalafón docente para el Nivel Inicial: 1º Maestra Jardinera Auxiliar; 2º Maestra Jardinera de Sección; 3º Maestra Jardinera Secretaria de Jardín de Infantes Nuclearizado (JIN); 4º Vicedirectora de Jardín de Infantes Nuclearizado (JIN); 5º Directora de Jardín de Infantes Nuclearizado (JIN); 6º Supervisora de Nodo Regional.
El senador Víctor Luna aseguró que la nuclearización de los Jardines de Infantes en nuestra provincia, que en el año 2003 cumple la primera década de su implementación, constituye el soporte legal y los fundamentos para la sustitución del mencionado artículo del Estatuto del Docente.
Luna mencionó que en 1988 en nuestra provincia, se resuelvió garantizar la carrera de los docentes del Nivel Inicial con la creación de cinco Sectores Nuclearizados en el departamento Capital, proyecto de Micro Experiencia de Nuclearización que quedó sin efecto.
También que se elaboró un anteproyecto de reforma de la Ley Nº2027 de Educación Común y el Estatuto del Docente de la provincia, en lo que corresponde al Nivel Inicial, obteniendo media sanción de la Cámara de Senadores. El equipo técnico-docente, integrado por la Supervisión Técnica de Jardín de Infantes y docentes jardineras, vio como, por falencias técnicas, quedaba nuevamente postergado un viejo anhelo: la jerarquización y la obligatoriedad del Nivel y la apertura, también señor presidente, del Escalafón Docente