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Funcionarios y Magistrados del Poder Judicial realizaran elecciones

A fin de elegir representantes ante el Consejo de la Magistratura provincial, Funcionarios y Magistrados con títulos de Abogados, concurrirán obligatoriamente a las urnas en el Poder Judicial, conformando mediante este proceso eleccionario la integración del cuerpo junto a los referentes designados por el Poder Ejecutivo, Legislativo y Colegio de Abogados.
(DIARIOC, 12/11/2009) Mediante una resolución de la Corte de Justicia que lleva el N° 3335, los Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial y Ministerio Público (con título de abogado) fueron notificados de la elección a llevarse a cabo el día 19 de noviembre, en el Salón San Martín de la Corte de Justicia en el horario de 8,00 a 18,00 horas. El acto eleccionario en cuestión, arrojará los nombres de los representantes ante el Consejo de la Magistratura, tanto titular como suplente, de esta institución creada mediante Ley N° 5012.
Asimismo informaron que los candidatos podrán presentar sus postulaciones hasta el próximo 17 de noviembre a las 12.00 horas en la Secretaría Penal de la Corte de Justicia (República 436, planta alta).

El Consejo de la Magistratura

"...creado por Ley Nº 5012, implica la concreción en el ámbito de la provincia de una institución que a partir de la reforma de la Constitución Nacional –Año 1994- ha sido receptada en la mayoría de las provincias, en virtud de la declinación de atribuciones y facultades constitucionales propias del Poder Ejecutivo. Este Cuerpo constituye un organismo representativo de distintos estamentos, que por su integración pluripersonal garantiza su total independencia funcional, predominando en su composición un criterio ampliamente democrático atento a que sus Miembros surgen de procedimientos eleccionarios organizados en el seno de cada una de las Instituciones representadas; con atribuciones expresamente acordadas para la selección mediante concurso público de antecedentes y oposición de los postulantes a cubrir las magistraturas inferiores del Poder Judicial y funcionarios del Ministerio Público que requieran acuerdo de la Cámara de Senadores.
El proceso de evaluación de los aspirantes a ocupar cargos vacantes se encuentra debidamente reglamentado, garantizando el libre acceso de los postulantes, la debida publicidad de sus actuaciones y el derecho de contralor de los participantes. Estructurado en distintas etapas: 1) evaluación de antecedentes, 2) prueba de oposición: escrita y oral, 3) entrevista personal, cada una con la asignación de su respectivo puntaje, y 4) evaluación psicológica. Tendientes a asegurar el máximo nivel de excelencia entre los seleccionados, descartando el factor suerte y estableciendo un sistema de elección distinto de la carrera judicial, conforme a lo previsto por el Art. 215, 2ª parte de la Constitución Provincial, que establece: “la simple antigüedad tanto para los Magistrados como para el personal subalterno no será por sí la razón para el ascenso...”.

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