La iniciativa prohíbe fumar en edificios y dependencias públicas; dependencias privadas donde se presten servicios públicos; locales, ascensores u otras oficinas públicas o privadas donde regular o eventualmente concurra o pueda concurrir la población.
Se exceptúan de esta prohibición los patios, terrazas, balcones y demás espacios al aire libre de los lugares cerrados de acceso al público; los clubes para fumadores de tabaco y las tabaquerías con áreas especiales para degustación.
Se admitirá la habilitación de zonas específicas destinadas para fumar, en un porcentaje que fijará la reglamentación, y deberán estar debidamente diferenciadas del resto de las dependencias y disponer de sistemas de ventilación independientes u otros dispositivos o mecanismos que permitan garantizar la purificación del aire, la eliminación del humo.
El proyecto ya cuenta con media sanción del Senado, pero como Diputados introdujo algunas modificaciones, tras ser aprobado en la sesión de hoy deberá volver a la Cámara alta para su tratamiento definitivo.