Concretamente, la iniciativa obliga a comerciantes minoristas y mayoristas, fabricantes, distribuidores e importadores del ramo a tener en existencia todos los talles de las prendas y modelos que confeccionen, distribuyan, importen comercialicen y ofrezcan al público, facilitando el acceso de todos los consumidores.
Los comerciantes y fabricantes que no cumplieren serán sancionados con multas y, en casos reiterados, clausura de hasta cinco días. El proyecto considera también la venta por internet y otros medios de venta directa, facultándose a la Subsecretaría de Industria y Comercio como autoridad de aplicación de la presente.
Entre sus argumentos, el proyecto expresa que “el constante aliento al consumo de productos de moda que no siempre encajan con la fisonomía de los consumidores, inducen a muchos adolescentes y jóvenes a caer en algún tipo de trastorno alimentario, poniendo en riesgo su salud física y psíquica y exponiéndolos a enfermedades como la bulimia o la anorexia.”
Además, la inciativa señala que la amplitud de la problemática justifica la existencia de una ley que comprometa no solamente a los vendedores (último eslabón en la cadena entre fabricante y consumidor), sino a otros actores del mercado de la indumentaria con participación y responsabilidad innegable en el universo de consumidores afectados a dicha problemática.
En la práctica, la denominación de los talles son a menudo, “talle único”, “talle 1-2-3-4”, “Small, Medium, Large”, y en pantalones y jeans se encuentran los talles “34, 36, 38, 40, 42”. Estos no definen sus equivalencias en las normas IRAM o las etiquetas identificatorias de las distintas indumentarias, pues no contienen las medidas corporales exigidas en dichas normas.
Se puede constatar, de acuerdo con informes realizados en nuestra provincia, que existe una gran cantidad de locales que sólo tienen hasta el talle 42. En algunos de estos comercios, declararon no trabajar el talle o la medida 48. En otros, sólo tienen en exhibición los talles 1 y 2 que consideran talles “Standard”.