Además, la solicitud deberá acompañarse de la siguiente información:
1) Lugar de real realización; 2) Naturaleza y características del espectáculo a realizar; 3) Duración aproximada; 4) Responsables o auspiciantes del mismo con datos personales y domicilio real; 5) Si se cobrará o no entrada o derecho de espectáculo y para el caso el precio establecido en la misma; 6) Certificación de la habilitación del local para la realización del espectáculo público de conformidad a lo dispuesto en las Ordenanzas 1718/88 y 2057/90, expedido por el Departamento Obras Particulares de la Municipalidad.
Establece también que para otorgar la Certificación, tratándose de espectáculos transitorios, la Administración de Obras Particulares constatará en el lugar propuesto para la realización del espectáculo, la existencia de las condiciones en materia de seguridad, de salubridad, prevención de evacuación anti siniestros de acuerdo a las características particulares del espectáculo a desarrollarse y del inmueble propuesto para su realización, según lo que consigna la normativa en vigencia
El decreto indica asimismo que la autoridad de aplicación podrá denegar la autorización para realizar espectáculos provisorios y/o transitorios en caso que los mismo se reiteren con habitualidad en un mismo local, en cuyo caso se presumirá que esta modalidad de realización conlleva el propósito de eludir el cumplimiento de las exigencias atinentes a la habilitación definitiva de locales destinados a la realización de espectáculos públicos en forma habitual.
Formulario
Para más información, el formulario de requisitos a cumplir para la autorización de los espectáculos públicos en toda la jurisdicción de la municipalidad de San Fernando del Valle, deberá tener los datos del solicitante, domicilio particular y teléfono, los datos del inmueble con croquis de ubicación, propietario, matrícula catastral, domicilio y barro.
Se exige además la descripción del inmueble con datos como espacio físico a utilizar en el espectáculo, documentación aprobada con la que cuenta, plano municipal aprobado, plano del servicio contra incendios (aprobado por la dirección de Bomberos) y plano de propalación sonora.
Se deberá explicitar el tipo de espectáculo a realizarse (pena, baile, desfile). Finalmente se exigirá un plano o croquis del espacio físico a utilizar en el espectáculo donde deberán consignar la ubicación de mas mesas y silla, pista de baile, pasarelas, graderías, escenarios, barras, cabina de disc-jockey, elementos de ornamentación con especificación del tipo de material de cada uno de ellos. Deberán describirse pasajes y espacios de circulación y salida previstos.
Además en el aspecto de elementos de seguridad y prevención instalados y a instalarse (extintores, luces de emergencia, indicadores de sentido de circulación e indicadores de salida).