La entidad, que encabeza la camarista María Laura Garrigós de Rébori, recordó que en el año 2003 el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto 222 que reglamentó la facultad que la Constitución da al Poder Ejecutivo para designar a los miembros de la Corte y establece que ante una vacante en la Corte Suprema, éste debe publicar el nombre del candidato para cubrirla dentro de los 30 días.
Además, la norma creó un mecanismo para que organizaciones no gubernamentales, los colegios y asociaciones profesionales, las entidades académicas y de derechos humanos, puedan objetar a candidatos luego de conocer sus antecedentes.
El decreto, recuerda Justicia Legítima, fue "recibido con beneplácito por todo el arco político y recibió el consenso de la comunidad en general".
Por eso, concluye, es aún más preocupante que muchos de los actuales objetores "son los mismos que alabaron aquél proceso de integración de la Corte Suprema".
El agrupamiento sostiene que "a lo largo de la historia de nuestro país este Tribunal ha tenido muy diversas integraciones y en varias oportunidades cambió el número de sus miembros, que nunca se fijó en menos de cinco ni en más de nueve".
Fuente: Télam