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POLITICA

La Cámara Electoral rechazó la candidatura de Patti

Es "hasta tanto se resuelva la situación penal y sea liberado" en la causa que se le sigue por delitos de lesa humanidad. El fallo hizo lugar a las impugnaciones formuladas por familiares de las víctimas de los delitos que se le imputan.
(DIARIOC, 18/06/2009) La Cámara Nacional Electoral vetó hoy la candidatura a diputado nacional del ex comisario Luis Abelardo Patti, imputado en delitos de lesa humanidad durante la anterior dictadura militar.

En un fallo en el que se hace eco de las impugnaciones a la postulación realizadas por familiares de la victimas de esos crímenes y por organismos de derechos humanos, entre ellos el CELS e HIJOS, el tribunal dictaminó que Patti no puede ser candidato "hasta tanto se resuelva la situación penal y sea liberado" en la causa que se le sigue por esos delitos.

Patti, quien está preso en el Penal de Marcos Paz destinado a represores, lanzó desde allí su candidatura a diputado nacional por Buenos Aires, la que no fue objetada por el juez electoral de La Plata, Manuel Blanco, aduciendo que no tenía condena judicial firme.

La decisión judicial "constituye una clara proscripción que apunta a vedar la libre expresión democrática de una inmensa cantidad de ciudadanos que se identifica con otra forma de hacer política, que desprecia los vicios de una dirigencia que ha dado muestras acabadas de fracaso", señala en un comunicado el Partido Unión Federalista (Paufe).

En un fallo de 50 páginas, el máximo tribunal con competencia electoral en el país fundamentó el rechazo a la postulación en que "no es posible aceptar la posibilidad de que (Patti) sea liberado si resulta electo, en razón de los fueros parlamentarios" que obtendría.

El tribunal dice que esa libertad "implicaría contravenir el deber internacional del Estado de investigar las violaciones a los derechos humanos" por la cuales Patti esta precisamente preso y es investigado, y que de ser liberado "podría obstruir".

El dictamen había generado expectativa dado que luego de su elección a diputado nacional en 2005, la Cámara de Diputados rechazó su incorporación al cuerpo por considerarlo carente de "idoneidad moral" para ejercer el cargo, al que ahora aspiraba nuevamente Sin embargo, la misma Cámara Electoral había ordenado en el 2007, ante un recurso de los abogados de Patti, que se le tomara juramento como diputado, un fallo que fue corroborado por la Corte Suprema en abril del 2008.

Patti no pudo nunca asumir porque en noviembre del 2007 el juez federal de San Martín, Alberto Suárez Araujo, ordenó su detención imputándolo por siete delitos de lesa humanidad y pidió formalmente su desafuero por la Cámara de Diputados, que lo aprobó a fines de abril del 2008.

Patti está con prisión preventiva imputado por los secuestros del ex diputado peronista Diego Muñiz Barreto y de Juan Fernández, el asesinato de Gastón Goncalves, las desapariciones de Carlos Souto y Luis y Guillermo D’Amico y la detención de Osvaldo Arriosti.

Todos los hechos que se le imputan fueron cometidos entre 1976 y 1977, cuando Patti era oficial subinspector de la Policía Federal y prestaba servicio en la comisaría de Escobar.

El su dictamen rubricado por unanimidad por los jueces Santiago Corcuera, Alberto Dalla Via y Rodolfo Munne, la Cámara distinguió entre la situación planteada para su anterior fallo, cuando Patti ya había sido electo con una candidatura oficializada, a la actual, en que ya obra un desafuero y en la que se arbitró el mecanismo de la objeciones.

La Cámara destacó que el artículo 70 de la Constitución Nacional exige para el arresto y procesamiento penal de un legislador la suspensión del ejercicio de su cargo, cosa que en el caso de Patti ya ocurrió.

Dijo que será un "contrasentido" admitir que "alguien que ya ha sido separado de su cargo y permanece detenido, por la misma causa que motivó su apartamiento, puede, no obstante, postularse como candidato para ejercer aquellas funciones de las que ha sido separado".

Pese a ello, el tribunal consideró que su resolución "en nada implica apartarse o desconocer la presunción de inocencia del candidato sometido a proceso".

Pero señaló que "las condiciones que se exigen a los candidatos para ocupar cargos públicos son más estrictas que las que se exigen para votar", ya que de los postulantes se esperan "cualidades singulares".

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