"De acuerdo a la propia reglamentación de los institutos cerrados está prohibido sancionar con aislamiento a los jóvenes alojados"comunicado de la CPM
Se explicó que "en el caso del Instituto Agote la situación reviste una situación de extrema gravedad. De acuerdo a la propia reglamentación de los institutos cerrados -en línea con la Convención de los derechos del Niño y leyes dictadas en su consecuencia- está prohibido sancionar con aislamiento a los jóvenes alojados".
"Sin embargo en el Instituto hay celdas de aislamiento. Un correcto monitoreo a los institutos hubiera permitido denunciar esta situación protegiendo la vida y la integridad de los menores allí internados. El monitoreo es un derecho de los jóvenes presos en los institutos", denunciaron.
En esa línea, desde la entidad consideraron que "el impedimento de supervisión ejercido por la SENNAF y avalado por la Cámara de Casación, pone en riesgo a los menores detenidos y restringe el acceso a la justicia de los jóvenes que tiene bajo su custodia".
Frente a ello, la CPM acompañó el reclamo de la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN), que sostiene que la reciente decisión de la Sala II de la Cámara de Casación constituye "un gravísimo antecedente de convalidación de una situación lesiva de derechos que evidencia una vez más la alarmante situación del sistema penal juvenil que ya ha merecido la condena de organismos internacionales y profundiza la vulnerabilidad y desprotección de un sector de la población penal históricamente postergado."
Los integrantes de la Comisión enfatizaron que "la protección de los niños, niñas y adolescentes es una prioridad del Estado; la muerte de Diego nos alerta de la extrema vulnerabilidad que padecen muchos de ellos sometidos a la negación sistemática de sus derechos elementales".
Es imprescindible una investigación penal seria que llegue a determinar las responsabilidades de esta muerte", puntualizaron.
Fuente: Télam