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POLITICA

La Justicia confirmó la detención de Jorge Rafael Videla por el secuestro de dos empresarios

La Cámara en lo Criminal Federal confirmó su orden de detención por el secuestro extorsivo de los empresarios Federico y Miguel Gutheim (padre e hijo), durante la última dictadura militar. Actualmente cumple prisión domiciliaria por el robo sistemático de bebés nacidos en centros de detención clandestina y en la causa sobre la "Operación Cóndor".
(DIARIOC, 25/07/2008) El tribunal confirmó la decisión tomada en primera instancia por el juez federal Norberto Oyarbide, instructor del sumario que también involucra al ex ministro del interior Albano Harguindeguy y al ex ministro de economía José Alfredo Martínez de Hoz.

Videla cumple prisión domiciliaria ordenada en el sumario sobre el robo sistemático de recién nacidos de mujeres cautivas en centros de detención clandestina y en la causa sobre la "Operación Cóndor", como se denominó al pacto entre dictaduras de Sudamérica para perseguir a opositores políticos fuera del propio país.

La Sala II de la Cámara desestimó el recurso del defensor de Videla, el abogado Alberto Rodríguez Varela, y recordó que el delito que se le atribuye en esta causa al ex comandante de la primera junta militar del período 1976-1983, están considerados como de "lesa humanidad".

Los camaristas Horacio Cattani y Eduardo Freiler afirmaron que el monto de la pena previsto para el delito imputado a Videla y la "objetiva valoración de las características de los hechos y las condiciones personales del imputado permiten sostener que (en libertad) intentará eludir la acción de la justicia".

El tribunal recordó que en la causa, iniciada en mayo de 1985 por la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas, Videla fue procesado por el delito de secuestro extorsivo, pero resultó indultado por el decreto 1002/89 durante la gestión presidencial de Carlos Menem.

Entonces Videla fue sobreseído, pero "una vez que el Congreso de la Nación anuló las llamadas leyes de Punto Final y Obediencia Debida que habían impedido continuar con las innumerables investigaciones iniciadas desde el retorno de la democracia en nuestro país, se reabrieron progresivamente todas aquellas causas que habían sido interrumpidas".

Los Gutheim, propietarios de una empresa textil, habían sido detenidos para ser obligados a cerrar un acuerdo comercial con Hong Kong.

Ambos estuvieron privados de su libertad entre el 5 de noviembre de 1976 y el 6 de abril de 1977, lapso en el que fueron trasladados a varias reuniones con empresarios de Hong Kong, con el objetivo de que llegaran a un acuerdo relacionado con la venta de algodón.

Para impugnar la orden de detención dictada por Oyarbide, el abogado defensor argumentó que todavía no se encontraba firme la resolución que mandó reabrir la causa, porque hay un recurso extraordinario en trámite ante la Corte Suprema de justicia de la Nación.

Cattani y Freiler admitieron el carácter "suspensivo" que tiene la interposición de un recurso extraordinario, pero analizaron que, aplicarlo con respecto a una prisión preventiva, sería desnaturalizar las razones para el dictado de esa medida.

La Sala II consideró que los Gutheim fueron víctimas del "terrorismo de Estado", que sufrió la población argentina durante el período comprendido entre los años 1976 y 1983, "avasallándose sus derechos durante su ilegítima detención, en la que también se pretendió arrancarle medidas de neto corte comercial".

Para ratificar la medida el tribunal evaluó que "reestablecida la democracia se desarrollaron conductas que indefectiblemente se han orientado a la obstrucción del descubrimiento de la verdad llevadas a cabo por distintos medios y en diversas situaciones politico-sociales por quienes resultaban eventualmente imputados".

Sobre tal punto, Cattani y Freiler mencionaron la ley 22.924, conocida como de "autoamnistía", dictada en 1982, antes de la restauración de la democracia.

"Tambien debe valorarse -agregaron- la posibilidad actual y cierta de obstaculizar la investigación a partir del entramado de relaciones que el imputado tenía y puede seguir teniendo con determinados círculos de poder".(Telam)

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