El fondo especial, de acuerdo expresa el texto del proyecto de ley original aprobado en el Senado se integrará con el aporte obligatorio mensual de dos pesos por cada beneficiario titular incorporado a la obra social y los recursos serán ingresados en una cuenta corriente especial en el Banco de la Nación Argentina. Se consigna además que la autoridad de aplicación será el directorio quien deberá rendir cuentas en forma semestral al Tribunal de Cuentas de la provincia y trimestralmente a las comisiones de Salud de ambas cámaras.
El legislador fundamentó a la hora de formular la propuesta que Osep se encuentra imposibilitada de efectuar la cobertura de los costosos tratamientos de alta complejidad como los transplantes, de ahí la necesidad de crear un fondo para responder a esta necesidad. Este proyecto de ley incorpora a la obra social un vínculo de solidaridad contrario al espíritu individualista que condiciona la actuación y los procedimientos de la mayoría de las obras sociales nacionales y privadas donde prima la calidad y complejidad de las prestaciones según el valor de la cuota o plan de afiliación