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Jueves 25 de Abril de 2024
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Los abogados de De Vido brindaron detalles de su sobreseimiento

El estudio jurídico que defiende al ministro de Planificación, Julio De Vido, informó que la sala IV del Tribunal de Casación Penal "no discute el acierto o no del sobreseimiento" al funcionario en el marco de una causa donde se lo investigó por presunto enriquecimiento ilícito, sino "si la apelación interpuesta en su momento por el fiscal era admisible o no".
A través de un comunicado, el estudio integrado por los abogados Julio Virgolini y Adrián Maloney salió al cruce de las versiones periodísticas que indicaron que lo que estaba en discusión era la posibilidad de que se le revocara el sobreseimiento al ministro De Vido.

"Lo que se discute ante la Sala IV del Tribunal de Casación no es el acierto o no del sobreseimiento, dictado hace ya cinco años sobre la base de una larga, exhaustiva y documentada investigación sobre toda la evolución patrimonial y los ingresos y egresos del Ministro y su familia", indicaron.

"Lo único que se discute es si la apelación interpuesta en su momento por el fiscal era admisible o no, toda vez que no había expresado con claridad y precisión cuáles eran los errores y desaciertos que atribuía al sobreseimiento", agregaron.

Además, recordaron que "para todas las partes de un juicio el código de procedimientos en lo penal establece que quien apela una decisión debe formular una crítica detallada y fundada de la resolución, expresando cuáles son las razones por las que entiende que ella es equivocada o errada" y que "no alcanza simplemente con calificarla de prematura si no se ofrecen pruebas que desmientan las afirmaciones del Juez".

"Estos son los errores cometidos por el fiscal, que se limitó a afirmar que no compartía el criterio del Juez y que lo resuelto era prematuro, sin intentar rebatir los argumentos y las videncias en las que se fundó el sobreseimiento ni ofrecer pruebas que pudieran demostrar lo contrario", remarcaron.

En esa línea recordaron que "en el año 2009 la Cámara Federal rechazó por inadmisible su apelación, por haber incumplido con los requisitos exigidos por el código de procedimientos".

Finalmente, remarcaron: "Lo que el Tribunal de Casación ahora debe resolver es, simplemente, si aquella apelación contaba o no con los requisitos que la tornaran admisible. Toda la discusión sobre la necesidad o no de una pericia o sobre las pruebas producidas durante la investigación es ajena al contenido de la audiencia y a la cuestión que el Tribunal debe decidir".

Fuente: Télam

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