En el artículo 2º del instrumento legal se indica que la liquidación de esta compensación económica “tendrá lugar dentro de los 30 días hábiles administrativos contados a partir de la fecha del acto electoral”.
Además y por el artículo 3º del decreto se establece que se reconocerá como “día Franco al lunes 21 de marzo de 2011 a los agentes de la Administración Pública Provincial Central y Organismos Descentralizados, que efectivamente se hayan desempeñado como Presidente y/o Vicepresidente de Mesa, en las mesas electorales”.
En los considerando del decreto provincial nº 107 se expresa que “resulta oportuno determinar como valor de suma fija y en concepto de viático la suma de 150 pesos a aquellos ciudadano que sean convocados para llevar a cabo la tarea de autoridad de mesa en el comicio provincial a realizarse el 20 de marzo del año 2011” y agrega que “resulta conveniente efectuar la determinación del monto total que deberá afectarse a tal fin sobre la base de lo determinado durante las elecciones provinciales llevadas a cabo durante el año 2007”.
Asimismo se determina que “no existe impedimento legal para que se proceda al dictado del presente acto de acuerdo a lo determinado en el artículo 72 ¨in fine¨ del Código Electoral Nacional, Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias”.
Finalmente sostiene que “corresponde otorgar Franco a los agentes de la Administración Pública Provincial Central y Organismos Descentralizados, que sean convocados para desempeñarse en las mesas electorales, en los cargos de Presidente y/o Vicepresidente de Mesa, siendo dicha función carga pública”. En tanto aclara que “el gasto que demande el presente decreto se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia”. (NotiChubut)