Catamarca
Jueves 25 de Abril de 2024
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Posición de Movilización sobre las PASO

A los señores integrantes de la
Comisión de Asuntos Constitucionales del
Senado de la Provincia:

El Partido Movilización viene bregando por una reforma política que transparente y democratice todo proceso eleccionario, así como los actos previos y posteriores al mismo. En ese sentido, desde las representaciones legislativas se han presentado proyectos de ley y de ordenanza tendientes a lograr tal fin.
Es por ello, que saludamos la iniciativa de implementar en nuestra Provincia las Primarias Simultáneas, Abiertas y Obligatorias y manifestamos nuestra voluntad de concurrir como partido político a la formación de los consensos que toda norma electoral debe reunir.
En ese marco, y en relación al proyecto presentado por los Señores Senadores del Frente Justicialista para la Victoria, Expte. 1221-F-2014, consideramos necesario modificar y/o aclarar los alcances de:

- La delegación de facultades al Juzgado Federal, a los fines de la elaboración de los padrones provinciales, resulta conforme nuestro criterio violatoria de la autonomía provincial pudiendo ser tachada de inconstitucional. En consecuencia, consideramos oportuno omitir en la letra de la norma tal delegación y mantener el régimen legal actual en tal aspecto.

- Resulta imprescindible vincular la fecha de realización de las PASO respecto de las elecciones generales; ello en virtud que el proyecto original solo establece el plazo de antelación para la convocatoria (de 60 días) al acto eleccionario primario y nada dice respecto de la fecha de elección general. El criterio tanto en la norma nacional como en las provinciales en las que las PASO están vigentes, es establecer que éstas deberán ser convocados dentro de los 120 a 90 días previos a la fecha de la elección general.

- Como lo han expresado ya casi todos los actores políticos consultados, no se puede dictar una norma de ésta naturaleza sin prever el correlativo financiamiento, a efecto que los partidos políticos puedan afrontar un acto eleccionario adicional, y estén todos en pie de igualdad.

- En referencia a las adhesiones, el proyecto original presenta discordancia en los criterios utilizados para establecer los porcentajes de avales de las respectivas categorías, en tanto en los primeros incisos se establece un porcentaje sobre el padrón total de afiliados, mientras que el último lo fija sobre el total del padrón de la jurisdicción.

-El proyecto no realiza, por otro lado, consideraciones respecto de la aplicación de las PASO en los Municipios con Cartas Orgánicas.

Estos son algunos de los temas en los que esperamos aportar al debate, sin perjuicio de otros que queremos plantear en las distintas reuniones de comisiones y demás ámbitos legislativos.-

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